La amnistía abarcaría a los políticos del 'procés', actos terroristas de los CDR y altercados de 'Tsunami'

La proposición de ley no incluiría el supuesto 'lawfare' al 'procés', que incluye las causas contra Pujol, Boye y Borràs

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Carles Puigdemont y Oriol Junqueras tras la declaración de independencia de Cataluña | Generalitat / J. Bedmar / Archivo
Europa Press
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La proposición de ley para amnistiar al independentismo catalán --9N y 1O incluidos-- abarcaría a los dirigentes del 'procés', a los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por un delito de pertenencia a organización terrorista o a los 10 encausados por los disturbios presuntamente promovidos por Tsunami Democrátic tras las condenas por el 'procés' en el otoño de 2019.

Así consta en el texto, que acota la amnistía a un contexto temporal que comprende desde el el 1 de enero de 2012, "año en el que comenzaron a desarrollarse los hechos del proceso independentista", y este 13 de noviembre de 2023.

Además del marco temporal, la propuesta delimita los delitos que serán amnistiados, y que incluyen los de usurpación de funciones públicas, malversación, desobediencia, desórdenes públicos y prevaricación.

Los líderes independentistas

Tal y como estaba previsto en el marco de las negociaciones de las últimas semanas para una investidura y una eventual formación de Gobierno, la proposición beneficiaría a los líderes del 'procés', tanto a los que ya están condenados como a los que permanecen procesados en rebeldía y huidos de la Justicia.

El texto no hace mención expresa a sus nombres, pero la medida incluiría al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y a los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, quienes fueron indultados pero permanecen inhabilitados por delitos de desobediencia y malversación después de que el Tribunal Supremo revisara sus condenas a raíz de la reforma que eliminó la sedición y modificó la malversación.

También afectaría a los dirigentes Jordi Sànchez y Jordi Cuixart --condenados por desórdenes públicos tras la reforma--, a la expresidenta del Parlament Carmen Forcadell y a los exconsellers Josep Rull y Joaquim Forn --condenados por desobediencia una vez aplicado el nuevo Código Penal--, aunque en sus casos ya se extinguieron sus penas de inhabilitación y fueron indultadas sus penas de prisión.

Respecto a los independentistas huidos, la amnistía beneficiaría al expresidente catalán y líder de Junts Carles Puigdemont y a los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig, sobre los que pesa una orden nacional de detención por delitos de desobediencia y malversación.

El texto a su vez tendría impacto en el caso de la secretaria general de ERC, Marta Rovira, que permanece en Suiza procesada por un delito de desobediencia tras la reforma que derogó la sedición, y contra la que también pesa orden de detención nacional. Igualmente beneficiada resultaría la ex consejera y eurodiputada de Junts Clara Ponsatí, procesada por desobediencia.

Los encausados del Tribunal de Cuentas

La propuesta también contempla el procedimiento que se sigue contra 35 ex altos cargos catalanes encausados en el Tribunal de Cuentas (TCu) por la responsabilidad contable derivada del supuesto desvío de fondos para los gastos del 1-O y de la acción exterior del 'procés'.

En esta causa la Fiscalía reclama 3,1 millones de euros de forma conjunta y solidaria a los 35 encausados tras rebajar las estimaciones iniciales del propio tribunal, que había previsto una responsabilidad contable de unos 9,5 millones de euros. Sociedad Civil Catalana, por su parte, reclama cinco millones de euros a 11 ex altos cargos del Govern.

La lista total de los 35 incluye al propio Puigdemont, Junqueras o al expresidente catalán Artur Mas. También recoge los nombres de exconsejeros condenados por el Supremo, como Romeva y Turull; exconsejeros huidos, como Comín y Puig; exdelegados de la Generalitat en el extranjero, como los de Estados Unidos, Francia, Italia y Portugal; y delegados en el exterior que aún permanecen en el cargo, como Marie Katinka (Alemania) y Eric Hauck (países del sudeste de Europa).

Al procedimiento sobre el 1-O y la acción exterior del Govern se suma la consulta del 9-N, lo que elevaría la responsabilidad contable hasta los casi 10 millones de euros. En 2018, el TC condenó a Mas y a nueve miembros de su Gobierno a devolver a la Generalitat algo más de 4,9 millones de euros --más intereses-- por la organización de la consulta independentista del 9-N.

Los CDR procesados por terrorismo y los disturbios de Tsunami

La norma dejaría sin juicio oral a los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por un delito de pertenencia a organización terrorista que, según la Audiencia Nacional, planearon ocupar el Parlament de Cataluña y que participaron en los cortes de carreteras o levantamientos de barreras de peaje.

También en el seno de la Audiencia Nacional, la amnistía abarcaría a los 10 investigados por los disturbios presuntamente organizados por Tsunami Democràtic tras las condenas por el 'procés' en 2019, y que fueron desde el intento de asalto del aeropuerto de El Prat, al corte de la frontera de la Jonquera o las reiteradas protestas con barricadas frente a la Jefatura de la Policía en Via Laietana.

La ley explica que quedan excluidos de la amnistía únicamente "los actos tipificados como delitos de terrorismo castigados en el capítulo VII del Título XXII del Código Penal siempre y cuando haya
recaído sentencia firme". Cabe recordar que la causa de los CDR está pendiente de juicio y la relativa a Tsunami sigue en instrucción, por lo que no ha habido fallo en ninguno de los dos casos.

La amnistía abarca "los actos de desconsideración o crítica vertidos contra las autoridades y funcionarios públicos, los entes e instituciones públicas, así como sus símbolos o emblemas, en el curso de manifestaciones, asambleas, obras o actividades artísticas u otras de similar naturaleza que tuvieran por objeto reivindicar la independencia de Cataluña o la celebración de las consultas".

Incluye además "los actos de desobediencia, cualquiera que sea su naturaleza, desórdenes públicos, atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, resistencia u otros actos contra el orden y la paz pública que hubieran sido ejecutados con el propósito de mostrar apoyo a los objetivos" del independentismo o "a los encausados o condenados por la ejecución de cualesquiera de los delitos" amnistiados.

12 CDR procesados por terrorismo

El juez propuso juzgar a los 12 miembros de los CDR por un delito de pertenencia a organización terrorista, achacando a ocho de ellos además delitos de tenencia, depósito y fabricación de explosivos y estragos.

Todos ellos, siempre según el juez, formaban parte del Equipo de Respuesta Táctica (ERT), una célula integrada por un núcleo radicalizado compuesto por individuos procedentes de diferentes CDR. La creación del ERT vendría motivada por la necesidad de contar en el seno de los CDR con un grupo clandestino formado por individuos de la máxima confianza que se mostraban totalmente entregados a "la causa" para encargarles las acciones más sensibles.

Los disturbios de Tsunami Democràtic

El juez abrió la causa relativa a Tsunami Democràtic en 2019 para esclarecer el rol que habría tenido la plataforma en los disturbios que siguieron a las condenas a los líderes separatistas. Este mismo mes, el magistrado ha incidido en que "existen elementos suficientes para considerar que los hechos podrían encajar en el delito de terrorismo" en concurso con uno de desórdenes públicos.

En el marco de la causa, el juez ha imputado a Rovira y ha dirigido sus pesquisas contra Puigdemont, al que ha ofrecido la posibilidad de comparecer voluntariamente porque para imputarle debe recabar antes el permiso de la Eurocámara, de la que forma parte y por la que goza de inmunidad, y del Supremo, tribunal ante el que está aforado.

No incluiría el supuesto 'lawfare' al 'procés': las causas contra Pujol, Boye y Borràs

La proposición de ley de amnistía dejaría finalmente fuera de su paraguas determinados casos que, según el acuerdo firmado por Junts o PSOE, sí que podrían haber tenido cabida como supuestos casos de 'lawfare'. Así, la ley, que no recoge esa palabra en sus 23 páginas de redactado, no abarcaría el procesamiento contra el abogado de Carles Puigdemont, Gonzalo Boyé; la condena de la presidenta de Junts, Laura Borràs, o el procesamiento del clan de los Pujol.

La norma propone amnistiar delitos de usurpación de funciones públicas, malversación, desobediencia, desórdenes públicos, prevaricación, pero no contempla otros como el de blanqueo, organización criminal o asociación ilícita, el delito contra la Hacienda Pública y la falsedad documental. La ley plantea exonerar "los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos".

Y matiza que se entenderán comprendidos aquellos actos, vinculados directa o indirectamente al denominado proceso independentista desarrollado en Cataluña o a sus líderes en el marco de ese proceso, y realizados por quienes, "de forma manifiesta y constatada, hubieran prestado asistencia, colaboración, asesoramiento de cualquier tipo, representación, protección o seguridad a los responsables de las conductas (...) o hubieran recabado información a estos efectos".

El caso de Boye

Cabe recordar que respecto a Boye, abogado del expresidente catalán Carles Puigdemont, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) confirmó en noviembre de 2022 la decisión del Juzgado Central de Instrucción Número 3 de enviarle a juicio por un presunto delito de blanqueo de dinero en el marco de la conocida como 'Operación Mito' en la que también están procesados el narcotraficante gallego José Ramón Prado Bugallo --'Sito Miñanco'-- y otras 47 personas.

La instructora del sumario, María Tardón, procesó en 2021 al abogado por su supuesta participación en el operativo para recuperar 889.620 euros que la Policía había incautado a miembros de la organización de 'Sito Miñanco' en el aeropuerto de Barajas. Fiscalía pide que sea condenado a 9 años de cárcel.

Borràs y las adjudicaciones

En el caso de Borràs, la condena por prevaricación y falsedad documental a Borràs también podría quedar fuera de la amnistía a tenor del redactado de la misma. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña la condenó el pasado marzo a 4 años y medio de prisión y 13 años de inhabilitación por fraccionar contratos para adjudicarlos a dedo a un amigo cuando dirigía la Institución de las Letras Catalanas (ILC) entre 2013 y 2018.

El propio TSJ, sin embargo, propuso un indulto parcial para Borrás que rebajase la pena de prisión a no más de dos años, de manera que no tendría que entrar en la cárcel. Además, una magistrada del tribunal añadió un voto particular en el que defendía que no debía ser condenada a más de 21 meses de prisión.

Borràs fue condenada por unos encargos relacionados con la página web de la ILC. Según la sentencia, fue ella quien hizo el encargo directa y personalmente incluso antes de que la junta de la ILC aprobara el proyecto, "a pesar de conocer que al hacerlo prescindía del procedimiento administrativo de contratación preceptivo".

El clan de los Pujol

En cuanto a la causa relacionada con el que fuera presidente de Cataluña entre 1980 y 2003, Jordi Pujol, y sus siete hijos, está a la espera de juicio. Se les acusa de formar presuntamente una organización criminal que se aprovechó de "su posición privilegiada" en la vida política, social y económica catalana para acumular un "patrimonio desmedido".

Anticorrupción pide 9 años de cárcel para Jordi Pujol y hasta 29 para su primogénito, Jordi Pujol Ferrusola. La Abogacía del Estado, en cambio, no se dirige contra el patriarca, pidiendo 25 años de cárcel para su hijo mayor y entre 4 y 17 años y medio para los demás.

El primer instructor del caso, José De la Mata, dio por acreditado que parte de esas "actividades corruptas" que habría cometido la familia coincidieron en el tiempo con la Presidencia de Pujol, aunque se habrían prolongado más allá de su salida del cargo, generándoles "cantidades millonarias" que desvinculó de la herencia familiar del abuelo Florensi Pujol esgrimida por los acusados.

Las exclusiones

La ley recoge hasta 6 supuestos que quedan excluidos de la ley amnistía, empezando por "los actos dolosos contra las personas que hubieran producido un resultado de muerte, aborto o lesiones al feto, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro, la pérdida o inutilidad de un sentido, la impotencia, la esterilidad o una grave deformidad".

También excluye "los actos tipificados como delitos de torturas o de tratos inhumanos o degradantes (...) siempre que superen un umbral mínimo de gravedad". Suma "los actos tipificados como delitos de terrorismo (...) siempre y cuando haya recaído sentencia firme" y "los delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la Defensa Nacional".

Por último, el artículo 2 de la ley también excluye de la amnistía los delitos "que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea" y los delitos "en cuya ejecución hubieran sido apreciadas motivaciones racistas, antisemitas, antigitanas u otra clase de discriminación referente a la religión y creencias de la víctima, su etnia o raza, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión social, la enfermedad que padezca o su discapacidad".