Paralización de la Línea 400 por error administrativo

Torre T-211 en construccion en la zona norte de Albolote Línea 400
Torre T-211 en construcción en la zona norte de Albolote | Foto: Eilko Bruggers
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La noticia de la semana pasada sobre la sanción impuesta por la Junta de Andalucía a Red Eléctrica por el inicio de obras ilegales de la línea 400 en agosto 2019, tiene una consecuencia importante sobre la legalidad de las obras actuales.

La construcción de la línea 400 kV Baza-Caparacena se debe paralizar inmediatamente, dado que la autorización otorgada por la Junta de Andalucía no es válida. Todo apunta a que se trata de un error administrativo con respecto a la vigencia de la declaración de impacto ambiental de 2011. Un error grave que ahora toca rectificar haciendo una evaluación nueva de impacto ambiental.

Vecinos de Caparacena y Albolote han presentado un escrito a la delegada de desarrollo sostenible de la Junta de Andalucía en Granada, solicitándole una corrección del error administrativo cometido con el otorgamiento de la autorización ambiental unificada. Se trata de una revisión de oficio con respecto a ese otorgamiento, que no se debería haber emitido el 10 de septiembre de este año, porque incluye una declaración de impacto ambiental que ya caducó el 11 de diciembre de 2019.

En la resolución de la autorización ambiental unificada que emitió la Junta de Andalucía el 10 de septiembre 2020, se hace referencia a alegaciones contra la línea que decían que la declaración de impacto ambiental de 2011 caducó el 11 de diciembre de 2019. En la resolución se contesta esa alegación con una simple referencia a una carta del Ministerio para la Transición Ecológica a Red Eléctrica de 30 de enero 2020, que pone que se entiende que las obras se han iniciado antes del 11 de diciembre de 2019 y que, por tanto, la declaración de impacto ambiental de 2011 mantiene su vigencia. Un punto de vista imposible por tres razones. Primero, porque el artículo 43.1 de la ley estatal de medio ambiente de 2013 dice que sólo se considera un inicio de obras, las obras que cuentan con todas las autorizaciónes necesarias. En este caso, entonces, las obras iniciadas en 2019 no se pueden considerar como un inicio de obras, porque no contaban con la autorización ambiental unificada de la Junta de Andalucía.

Segundo, porque la semana pasada la mismísima Junta ha dictado una resolución definitiva del procedimiento sancionador contra Red Eléctrica, donde califica las obras de 2019 como ilegales e impone una sanción a Red Eléctrica de 240.401 €. Este expediente sancionador se inició en noviembre 2019, o sea casi un año antes del otorgamiento de la autorización ambiental unificada por la Junta. En otras palabras, en el momento de otorgar la autorización, la Junta ya estaba consciente de la ilegalidad del inicio de obras que se utiliza como justificación sobre la vigencia de la declaración de impacto ambiental de 2011.

Tercero, la Junta de Andalucía, en sus deliberaciones sobre el otorgamiento de la autorización ambiental unificada, ha tenido que tomar una decisión sobre la vigencia de la declaración de impacto ambiental de 2011. La Junta decidió aceptar su vigencia, no en base de un informe o por lo menos de una declaración del Ministerio para la Transición Ecológica, sino en base de una mera carta dirigida a Red Eléctrica firmada por un subdirector general del Ministerio, quien carece de rango, competencias y atribuciones para hacer una dispensa legal. Una carta de poco más que una frase que dice que “se entiende” que la declaración de impacto ambiental de 2011 es vigente porque las obras ya fueron iniciadas en 2019. Aparte del hecho de que el ministerio no puede haber tenido esa opinión porque va contra la ley estatal de medio ambiente, la Junta de Andalucía nunca puede haber tomado una decisión tan importante sobre la vigencia de la declaración de impacto ambiental en base de algo tan informal que la mencionada carta. La mencionada carta no tiene ningún valor legal y la Junta de Andalucía lo tiene que saber.

Por estas tres razones la autorización ambiental unificada de la Junta de Andalucía no tiene validez y, por tanto, se debe paralizar la construcción de la línea 400 Baza-Caparacena inmediatamente y hacer una nueva evaluación de impacto ambiental antes de reiniciar las obras.

La realización de una obra en el año 2020 basada en una evaluación de impacto ambiental de hace casi 10 años simplemente no tiene sentido. En el trazado actual de la línea 400 se encuentran proyectos de turismo rural que no existían hace 10 años, el Geoparque de Granada cerca de Guadix y Baza no existía como tal hace 10 años, hay aves en alto riesgo de extinción en el trazado de la línea que no estaban hace 10 años, etc. El mundo cambia y se debe realizar una evaluación nueva para tomar en cuenta la realidad ambiental de ahora.
Hay mucha gente que tiene la sensación de que algo no cuadra con los procedimientos de la autorización de la línea 400. Es verdad, el proceso ha tenido muchos defectos, jurídicos y medioambientales, pero lo más llamativo de todos es la obvia caducidad de la declaración de impacto ambiental y, por tanto, legalmente no es posible ejecutar la obra y hay que suspenderla inmediatamente.

Eilko Bruggers







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