La Junta Electoral Central amplía el plazo para depositar el voto por correo hasta el jueves 20 de julio

Quienes pidan el sufragio por esta vía para las Elecciones Generales deberán identificarse con el DNI o documento análogo en las oficinas de Correos

Correos en Granada
Imagen de archivo de la oficina de Correos de Granada | Foto: Antonio L. Juárez
Gabinete
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La Junta Electoral Central ha acordado que el plazo para el depositar el voto por correo para las Elecciones Generales se amplía hasta el jueves 20 de julio, en el horario habitual de las oficinas de Correos en toda España.

Este plazo finalizaba inicialmente el miércoles 19 de julio, pero con la decisión de ampliación adoptada, los ciudadanos y ciudadanas que hayan solicitado ejercer su derecho al voto por correspondencia para las Elecciones Generales del 23 de julio dispondrán de más tiempo para depositarlo.

Identificación al depositar el voto por correo

Igualmente, la Junta Electoral Central ha acordado la exigencia de la entrega personal por el elector en las oficinas de Correos de la documentación necesaria para ejercer el voto por esta vía. Para ello, al depositar el voto por correo, deberá identificarse mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir, tarjeta de residencia o cualquier otro documento válido que permita identificar al elector, debiendo el personal de Correos proceder a su comprobación.

Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para su depósito, deberán entregar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre. La autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de fotocopia de DNI u otro documento oficial identificativo.

El personal de Correos no aceptará la entrega de documentación electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente autorización firmada, que deberá ser conservada junto a la fotocopia del documento oficial acreditativo del elector y de quien entrega en su nombre la documentación electoral para su remisión a la Junta Electoral de Zona correspondiente.

Correos deberá asegurar la entrega de todos los sobres con votos en las respectivas mesas electorales en la jornada electoral del domingo 23 de julio, dentro de los plazos legalmente establecidos.







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