Nuevas medidas restrictivas en Granada y 31 municipios: bares y comercios cerrarán a las 22:00 horas

La Junta de Andalucía anuncia nuevas restricciones que no afectarán a la movilidad, pero sí a los establecimientos y a las reuniones

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Imagen de una camarera que atiende a un cliente en un bar de Granada | Foto: Javier Gea
María José Ramírez
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La Junta de Andalucía ha decidido tomar medidas restrictivas en Granada y en el área metropolitana que afectarán al aforo y al horario de los bares tras dispararse el número de casos de coronavirus en los últimos días. El consejero de Salud y Familias, Jesús Aguirre, se ha reunido “de urgencia” en la capital granadina con responsables sanitarios y de las distintas instituciones, fundamentalmente de la capital y del área metropolitana, “para tomar decisiones” ante el aumento de ingresos y contagios por coronavirus.

Hasta el momento, la Junta solamente había decidido suspender diez días las clases presenciales en la Universidad de Granada y establecer un toque de queda a las 22:00 horas en las residencias de estudiantes y colegios mayores ya que consideraba que los contagios en Granada “se producen fundamentalmente en el ámbito universitario, en las residencias y el objetivo fue que no llegara a la universidad”.

Desde este sábado, a las ocho de la mañana, las nuevas medidas que limitan el aforo y restringen horarios entrarán en vigor, y tendrán 14 días de duración prorrogables, según ha anunciado el consejero de Salud, Jesús Aguirre.

Las medidas afectan tanto a Granada como a estos 31 municipios del área metropolitana: Albolote, Alfacar, Alhendín, Armilla, Atarfe, Cájar, Cenes de la Vega, Cijuela, Cullar-Vega, Chauchina, Churriana de la Vega, Dílar, Fuente Vaqueros, Gójar, Guevejar, Huetor-Vega, Jun, Lachar, Maracena, Monachil, Ogíjares, Otura, Peligros, Pinos-Genil, Pinos- Puente, Pulianas, Santa Fe, Viznar, La Zubia, Las Gabias y Vegas del Genil.

Las medidas restrictivas son las siguientes:

a) No se permitirán visitas ni salidas a los usuarios en los centros socio-sanitarios de carácter residencial.

b) La asistencia a velatorios se limitará a un máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

c) Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00 horas, a excepción de los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales.

d) Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. Las mesas o agrupaciones de mesas, deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso,agrupaciones de mesas.

La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio. Estas mismas limitaciones de aforo y horario son aplicables a los establecimientos y locales en donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas.

e) Se dispone el cierre de peñas, asociaciones gastronómicas, asociaciones recreativo-culturales y clubes, o establecimientos similares.

f) En el caso de celebraciones nupciales y de otras ceremonias civiles y religiosas, el número máximo de participantes será de treinta personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, que deberán permanecer sentados.

g) No se permitirá la apertura de mercadillos públicos o privados.

h) Podrá realizarse práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo máximo permitido de la instalación. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas.

i) Con carácter general y sin perjuicio de lo dispuesto en la Orden de 19 de junio de 2020, de medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID- 19), una vez superado el estado de alarma, los aforos de las actividades servicios e instalaciones se reducen al cincuenta por ciento, salvo que tuvieran previsto uno inferior.

j) Se suspende temporalmente la actividad en los parques y jardines públicos, así como parques infantiles de uso público.

k) Se reforzarán las medidas preventivas en edificios de uso público, con sectorizaciones, flujos de personas, aforos, etc.

Estas medidas se han tomado porque en Granada se han sobrepasado los 500 contagios por 100.000 habitantes. La provincia granadina tiene 680,3 de media por 100.000 habitantes en los últimos 14 días y 500,4 en el área metropolitana, según ha especificado el consejero. Además, la presión asistencial es elevada y creciente, como muestran las cifras de ocupación de UCI tanto por Covid-19 (26,22%), como por no Covid-19 (39,34%). Por tanto, la valoración de la situación epidemiológica consideraba el riesgo como "alto".

Jesús Aguirre ha pedido a los granadinos "muchísima prudencia" para evitar medidas aún más restrictivas. "Si no conseguimos frenar esta tendencia a la alza, pasaríamos al siguiente paso, que es el cierre perimetral". El consejero ha asegurado que todavía no se está "en esas circunstancias" y espera no tener que llegar a aplicarlo.

 







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