Los comerciantes piden la renovación de las calles de Granada como Zona de Gran Afluencia Turística

La propuesta incluye las calles y plazas ubicadas en las zonas declaradas Patrimonio de la Humanidad, es decir, la Alhambra, el Generalife y el Albayzín

Reapertura comercios en Granada Carlos Gijon _-7
Los establecimientos tendrán libertad horaria en Semana Santa y del 2 al 31 de mayo | Foto: Archivo GD
Gabinete
0

El RDL 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, establece Libertad de horarios y apertura para los comercios ubicados en Zonas de Gran Afluencia Turística. En este sentido una de las ciudades obligadas a establecer una Zona de Gran Afluencia Turística es la ciudad de Granada, por número de visitantes y número de pernoctaciones.

Por este motivo este 28 de junio se ha celebrado una reunión entre la Federación Provincial de Comercio de Granada, los sindicatos UGT y CCOO, así como las asociaciones de consumidores FACUA-Granada, UCA-UCE Granada y Al-Andalus Amas de Casa de Granada, con el objetivo de renovar la propuesta conjunta ya presentada en el 2014 y 2018 sobre que únicas zonas se deberían declarar por parte del Ayuntamiento de Granada como Zonas de Gran Afluencia Turística.

La Federación junto con los sindicatos y los consumidores han abogado por renovar la zona que estaba establecida como Zona de Gran Afluencia Turística, una zona que no perjudicara al comercio tradicional, pues la liberalización de horarios comerciales contenida en el RDL 20/2012, de 13 de julio, solo beneficia a los grandes distribuidores con las que el comercio de proximidad no puede competir ni laboral ni económicamente.

La propuesta como Zona de Gran Afluencia Turística firmada solicita que se declare como únicas Zonas de Gran Afluencia Turística de Granada las calles y plazas ubicadas en las zonas declaradas Patrimonio de la Humanidad, por la Decisión 18COMXI del Comité del Patrimonio Mundial de la UNESCO (Alhambra, el Generalife y el Albayzín).

Los períodos durante los que tendrán libertad horaria los establecimientos comerciales circunscritos en la zona declarada a tal efecto son:

a) Semana Santa, desde el Domingo de Ramos hasta el Sábado Santoya que ha sido declarada Fiesta de Interés Turístico Internacional mediante Resolución de 7 de octubre de 2009, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se concede el título de «Fiesta de Interés Turístico Internacional» a la Semana Santa de Granada, cumpliendo el criterio d) del artículo 5.4 de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, «Celebración de grandes eventos deportivos o culturales de carácter nacional o internacional.»

b) Del 2 al 31 de mayo, ya que durante este período se celebra el «Día de la Cruz» o «Cruces de Mayo», festividad de gran arraigo y tradición en la capital granadina y que atrae a un elevado número de visitantes cumpliendo también con el criterio d) del artículo 5.4 de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre.







Se el primero en comentar

Deja un comentario