Seguridad y obligaciones: todo lo que tienes que saber si tienes un VMP en Granada

El número de vehículos de movilidad personal que hay en la capital se ha multiplicado desde la entrada en vigor de la 'nueva movilidad'

BICIS PATINETES ELECTRICOS GRANADA - Dani B 07
Los vehículos de movilidad personal se han multiplicado en Granada desde la llegada de la nueva movilidad | Fotos y vídeo: Dani Bayona
Miguel López Rivera
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Los vehículos de movilidad personal (VMP) se han convertido en un elemento más del tráfico en el día a día de las ciudades. Granada no representa una excepción en este aspecto. El Estado de Alarma decretado por el Gobierno en julio ha hecho que desde entonces prolifere aún más, si cabe, este tipo de medio de transporte individual. Son cómodos, rápidos, silenciosos, fácilmente plegables y almacenables en casa. Y lo mejor de todo, sin emisiones, por lo que suponen una alternativa limpia y acorde al modelo de movilidad actual que el Ayuntamiento de la capital pretende implantar en toda la ciudad.

Sin embargo, la no existencia de una norma clara a nivel estatal -aunque cada vez está más cerca- respecto a su uso, deja en manos de la administración local la regulación. Esto genera, por un lado, una gran flexibilidad para adaptar a cada contexto urbano las normas. La 'cara B', por el contrario, es la imposibilidad de unificar una norma a nivel estatal que permita a sus usuarios saber a qué han de atenerse independientemente del lugar y el momento en el que se encuentren.

Granada es, con todo y con eso, una de las ciudades más avanzadas en la regulación de los VMP. No en vano, la Ordenanza Municipal de Circulación de Peatones, Bicicletas y Vehículos de Movilidad Personal -la conocida como 'nueva movilidad'-, aprobada el 21 de julio de 2020 y en vigor desde el 2 de septiembre de 2020.

VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL

Muy distinto es el caso de los ya referidos vehículos de movilidad personal o de movilidad urbana (VMU). La citada Ordenanza aborda multitud de aspectos relacionados con la circulación de éstos por la capital. Entre otras cosas, recuerda que para recibir tal consideración, los VMP deben tener una o más ruedas, estar dotados de una única plaza y ser propulsados exclusivamente por motores eléctricos, los cuales pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima de diseño comprendida entre los 6 y los 25 kilómetros por hora.

Los patinetes eléctricos con sillín dotados de propulsor con plaza de asiento para la persona conductora, u otros ciclos de dos o tres ruedas y cuatriciclos, no tendrán la consideración de VMP sino de vehículos de 'categoría L' conforme al Reglamento (UE) nº 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de enero de 2013. Por ello, están sujetos en su régimen de circulación a las disposiciones normativas vigentes en materia de vehículos (homologación), permisos de circulación, licencias de conducción, aseguramiento de vehículos, y tráfico, circulación y seguridad vial, que le correspondan atendiendo a su categoría.

ELEMENTOS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

¿Pero qué elementos y medidas de seguridad vial son las apropiadas para una óptima convivencia entre los usuarios de los VMP con el tráfico rodado tradicional? ¿Qué derechos y obligaciones tienen dichos usuarios una vez se lanzan al asfalto? A la primera cuestión responde Sergio Ruiz, presidente de la Asociación para la Movilidad Personal y Ecológica de Granada (Ampeg), quien establece un decálogo de cinco puntos capitales para la completa permeabilidad de estos vehículos en el tráfico rodado. Se trata de cuatro elementos de seguridad imprescindibles -uso del casco, prendas reflectantes y luces, gafas o protector ocular y guantes- y una reivindicación de la Dirección General de Tráfico (DGT): "Que nos permitan circular por las carreteras interurbanas". "Esto haría que la gente de los pueblos pudiera ir a las ciudades y la de las ciudades a los pueblos, lo que desarrollaría económicamente más todas las zonas".

Respecto a los elementos de protección, Ruiz aboga sobre todo por el uso del casco. "La cabeza es una parte del cuerpo muy delicada. No es como un brazo o una pierna. Si hay una lesión, es mucho más peligrosa. Por tanto, el casco es algo básico. Y si es con mentonera, mucho mejor, porque la boca es la primera parte de la cabeza que impacta contra el suelo en una caída", recuerda la que es una de las voces más autorizadas para hablar los VMP.

Detalle de un VMP.

El segundo elemento que no puede faltar a los mandos de un VMU son los reflectantes. Y esto incluye prendas y también luces. El objetivo, evidentemente, que nos vean. "Si no te ven, puede impactar contra ti un vehículo en cualquier momento", abunda.

"También aconsejamos llevar protectores oculares. Por ejemplo, unas gafas. Cuando vas conduciendo, el polvo del ambiente o un mosquito se puede meter en el ojo y nuestro instinto es soltar el manillar y quitárnoslo porque nos molesta. Así que es algo a lo que deberíamos darle más importancia", reclama Ruiz.

Por último, el presidente de Ampeg no se olvida de los guantes. "Cuando te caes, lo primero que pones en el suelo son las manos", lo que puede acarrear desolladuras y quemaduras en las palmas. Sergio Ruiz aprovecha este último punto para volver a recordar que "llevamos como dos años reclamando que no somos juguetes, sino vehículos, y que por tanto nuestro espacio es la calzada, nunca la acera".

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS

El otro aspecto es el de los derechos y obligaciones. Los usuarios de los vehículos de movilidad personal están obligados a respetar las normas generales recogidas en el Código de Circulación. Además, la Ordenanza Municipal recoge que sólo podrán conducir los VMU las personas mayores de 15 años de edad, "la edad mínima permitida para circular con un VMP por las vías y espacios públicos". "Las personas menores de 15 años solo podrán hacer uso de un VMP cuando éstos resulten adecuados a su edad, altura y peso, fuera de las zonas de circulación, en espacios cerrados al tráfico, acompañados y bajo la responsabilidad de las personas progenitoras o tutoras a pie", establece el texto.

Además, no podrán ser arrastrados o remolcados por otros vehículos, queda prohibido el uso de cascos o auriculares conectados a dispositivos móviles y, como el resto del tráfico rodado, no se puede conducir un VMU bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes. De igual forma, es responsabilidad del usuario circular con diligencia y precaución para evitar daños ajenos o propios.

Con cascos conectados a un dispositivo móvil hay que bajarse del VMP.

Respecto a los lugares por los que pueden circular, hay que diferenciar entre aquellos vehículos de movilidad personal con velocidad de diseño inferior o igual a 15 kilómetros por hora y los que superan esta limitación y llegan hasta los 25 kilómetros por hora. Los VMP del segundo grupo, que son la mayoría de los registrados en Granada, pueden hacer uso de los carriles bus siempre y cuando faciliten el paso.

En vías de más de un carril por sentido, podrán circular preferentemente por el derecho, siendo posible hacerlo por el centro del mismo en columnas de a dos. Es obligatorio que mantengan la distancia de seguridad. En las rotondas, además, usarán el centro del carril externo y en las aceras bici la velocidad no puede exceder en ningún caso los 10 kilómetros por hora. Esta limitación será de 5 kilómetros por hora en zonas de coexistencia con el peatón. Y en las calles residenciales podrán moverse en ambos sentidos sin superar los 20 kilómetros por hora.

Tanto los VMP que no excedan de 15 kilómetros por hora como lo que alcancen los 25, deben llevar frenos y timbre cuando su diseño lo permita en caso de no estar autoequilibrados. Sus dimensiones, peso en vacío, potencia, velocidad máxima o cualquier otra característica técnica deberán estar a disposición de los agentes de la autoridad cuando éstos se los requieran a los conductores. Es obligatoria la identificación del vehículo y se recomienda un seguro de Responsabilidad Civil.

RÉGIMEN SANCIONADOR

Otro punto que hay que tener en cuenta al conducir un VMU es el de las sanciones. Que no sean coches, ciclomotores o motocicletas no significa que se pueda circular de cualquier manera, tal y como se subraya líneas atrás. Por eso mismo, el incumplimiento de las normas de tráfico o la señalización conlleva multas a sus conductores. La Ordenanza Municipal establece tres tipos de sanciones: leves, graves y muy graves. Y van desde los 100 euros de multa como máximo en la primera categoría hasta los 500 en el caso de las muy graves, o incluso la inmovilización o retirada del vehículo. Las graves están penalizadas con 200 euros de multa.

Se considera una infracción leve circular por vías o zonas prohibidas, incumpliendo las condiciones de visibilidad establecidas, no llevar la documentación obligatoria del vehículo, transportar un número de personas superior al de plazas autorizadas, sin exceder el 50% de dichas plazas o incumplir distintas obligaciones y prohibiciones.

Las infracciones se clasifican en leves, graves o muy graves y pueden conllevar desde una multa de 100 euros hasta la retirada del VMP

Entre las infracciones graves están transportar un número de personas superior al de plazas autorizadas, excediendo el 50% de dichas plazas, circular sin tener la edad permitida para poder hacerlo o sin cumplir los requisitos técnicos, de circulación o ambos. También hacerlo de forma negligente, no respetando las señales y órdenes de los agentes de tráfico; saltarse un semáforo en rojo, una señal de 'Stop' de 'Ceda el paso'; conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido, o utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación. De igual forma, se considera infracción grave no hacer uso del casco o circular arrastrado, remolcado o empujado por otro vehículo en marcha.

Por último, las infracciones muy graves incluyen circular incumpliendo las normas establecidas sobre limitaciones de velocidad, excediendo en más de un 50% la velocidad máxima autorizada y hacerlo en sentido contrario al establecido, de forma temeraria o con una tasa de alcohol superior a las establecidas reglamentariamente, así como bajo los efectos de las drogas. Normas, códigos y elementos que hacen posible una movilidad más sostenible en términos medioambientales, y que permite hacer de Granada una ciudad donde desplazarse entre dos puntos es rápido, efectivo y seguro.







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