Alaya investiga "qué pudo conocer" el Parlamento sobre las "irregularidades" de los ERE

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E.P
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La juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares ha dictado un auto en el que ordena a los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado que informen sobre "qué pudo conocer" la Comisión de Economía y Hacienda del Parlamento andaluz --actual Comisión de Hacienda y Administración Pública-- "sobre las irregularidades que se estaban produciendo en la concesión de subvenciones sociolaborales al margen de la Intervención General".

En un auto notificado este miércoles a las partes personadas, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez Mercedes Alaya atiende de este modo la solicitud planteada por el abogado del exdirector general de la agencia IDEA Jacinto Cañete y da traslado tanto de este escrito como de los documentos aportados junto al mismo a los peritos de la Intervención General del Estado.

Así, la juez traslada tanto el escrito como los documentos a los peritos "a fin de que informen" sobre "qué pudo hacer" dicha Comisión "para poner de manifiesto el uso por la Consejería de Empleo de las transferencias de financiación a IFA/IDEA para el pago de subvenciones sociolaborales".

En este sentido, la magistrada atiende la petición realizada por el abogado del exdirector general de IDEA Jacinto Cañete y reclama a la Junta que aporte, "a la mayor brevedad posible y en un plazo no superior a cinco días", los diarios de sesiones del Parlamento de la sesión plenaria en la que se aprueben los presupuestos anuales entre 2001 y 2010, y los diarios de sesiones de la Comisión de Economía y Hacienda en este mismo marco temporal.

Asimismo, solicita de la Junta de Andalucía la "acreditación" de que la Consejería de Hacienda y Administración Pública "haya remitido al Parlamento, con la periodicidad trimestral que exigen las distintas leyes de presupuestos, los expedientes de modificaciones presupuestarias del programa 31.L de la Consejería de Empleo, desde el año 2000 hasta la actualidad".

La juez, no obstante, deniega el resto de las pruebas solicitadas por el exalto cargo de IDEA al entender que "lo verdaderamente operativo en esta materia es que en los diarios de sesiones de la comisión parlamentaria se haya abordado alguna cuestión relacionada con las transferencias de financiación del programa 31.L de la Consejería de Empleo".

Añade que, una vez recibida la documentación solicitada, se dará traslado de la misma a los peritos de la Intervención General del Estado junto a la documentación aportada por el propio exalto cargo y dos DVD con información entregados por la Junta de Andalucía en cumplimiento de un auto dictado el pasado 20 de febrero.

FIRMADO "DE PUÑO Y LETRA" POR LOS PORTAVOCES PARLAMENTARIOS

En su escrito, el abogado del exdirector general de IDEA Jacinto Cañete explica que, "cada tres meses, la Comisión de Economía recibía o debía recibir los expedientes físicos de las modificaciones presupuestarias", señalando que en la documentación aportada a la causa "obra cumplida prueba de la recepción de los escritos por los 17 parlamentarios integrantes de la comisión, firmando de puño y letra el recibí" los portavoces parlamentarios del PSOE --"nueve ejemplares, uno para cada comisionado de su grupo"--; del PP --"siete ejemplares"-- e IU --"un ejemplar"--.

A continuación, el letrado Juan Carlos Alférez señala que su cliente "ha desarrollado sus funciones en la creencia y seguridad de que si en éste concreto programa presupuestario --en relación al 31.L-- o en otros hubieren existido irregularidades administrativas constitutivas de delito, los distintos organismos de control tanto del poder ejecutivo como del poder legislativo hubieran alertado".

"Los servidores públicos que simplemente coexistieron en el programa 31.L no crearon el programa, simplemente participaron en sus distintas fases en mayor o menor medida durante su actuación", dice el letrado, que añade que "ni la Intervención General puso reparos suspensivos pudiendo hacerlo, ni alertó de ni una sola irregularidad en la formulación de la cuenta general", mientras que la Cámara de Cuentas no "puso reparo de clase alguno al concreto programa 31.L conociendo o pudiendo conocer sus elementos esenciales".

A ello se suma, según sostiene este abogado en su escrito, que la Comisión de Economía y Hacienda "jamás puso reparo alguno a la aprobación de la cuenta general e ítem más, conociendo o pudiendo conocer el concreto funcionamiento del programa 31.L, además de informar sin reparo la cuenta general, informó sin reparo, año tras año y favorablemente, el proyecto de Ley de Presupuesto que finalmente se aprobaba en pleno, sin cuyo informe favorable jamás hubiere existido el programa 31.L".

'Y TÚ, MÁS...'

El abogado asevera, asimismo, que "un cabal dominio no sólo de la formalidad sino igualmente de la funcionalidad --del carácter no genérico sino finalista de la transferencia de financiación a IFA/IDEA año tras año aprobada-- es predicable no sólo de estos parlamentarios 'especializados' de la Comisión de Economía y Hacienda, sino de una generalidad de los miembros del Parlamento y singularmente de los portavoces de cada grupo, que, es un hecho, no sólo aceptaron y jamás impugnaron ese programa, sino que expresamente lo sometieron a debate y solicitaron su incremento por vía de enmienda al proyecto".

El letrado dice que lo anterior "no supone una crítica de la labor o la pretensión de extraer ninguna clase de sospecha sobre los sucesivos y dignísimos parlamentarios integrantes de la Comisión ni sobre otros cualesquiera miembros del Parlamento a lo largo de las últimas legislaturas, sino al contrario", ya que lo anterior "es una prueba más de que el programa 31.L estaría dotado del suficiente amparo legal como para no ser reprochado durante más de una década ni por los máximos y exclusivos garantes de la legalidad presupuestaria del poder ejecutivo, ni por los máximos órganos especializados del poder legislativo, cuales son la Cámara de Cuentas y la Comisión de Economía".

"No inspira, pues, a esta representación, un estado de ánimo asimilable a postulados del tipo 'y tú, más...', ni se pretende adoptar una estrategia de defensa a costa de otros ni descargar responsabilidades penales --las que hubiere, y creemos que no las hay-- sobre terceros", sino que, "por el contrario, lo que queremos es trasladar a la instrucción y en todo caso incorporar documentalmente a la causa la evidencia de que no cabe la criminalización en sí del programa y el inherente mecanismo de las transferencias de financiación, en lo que a la concesión de ayudas sociolaborales y a empresas respecta".







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