El modelo de ciudad con bicis que proponen las asociaciones de movilidad de Granada

Regular las características técnicas de los carriles bici, reducir la velocidad a 30km/h o equiparar los VMU a las bicicletas son algunas de las peticiones

bicicletas en Granada
Bicicleta en las calles de Granada | Foto: Antonio L. Juárez
Redacción GD
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Diferentes asociaciones de vecinos, peatones, ecologistas y usuarios de patines, patinetes eléctricos y bicicletas de Granada han elaborado una propuesta para la modificación del borrador de la ordenanza municipal sobre la circulación en el que trabaja el Ayuntamiento. En él, proponen un nuevo modelo para la ciudad en el que sea más fácil circular con vehículos como bicicletas o patinetes eléctricos.

Esta propuesta se basa en dieciséis sugerencias que ya fueron presentadas al Observatorio de la Movilidad de Granada en el mes de noviembre. Estas acciones que piden podrían llevarse a cabo con trece modificaciones en el texto sobre el que trabaja el consistorio granadino. Estas son las ideas que exponen las ocho asociaciones:

  1. Establecer el límite genérico de velocidad máxima en 30 Km/h en vías de un único carril por sentido de circulación y en el carril derecho de las vías de dos o más carriles por sentido de circulación.
  2. Reconvertir las aceras bici, o carriles bici a cota de acera en zonas peatonales exclusivamente reservadas para el tránsito de peatones, vehículos de personas con movilidad reducida y patines, monopatines y similares de tracción humana.
  3. Equiparar los vehículos de movilidad urbana (VMU) a las bicicletas y ciclos.
  4. Permitir, en casos excepcionales, la circulación de patines, monopatines y similares de tracción humana por calzadas y carriles limitados a 30 Km/h. Y, además, regular la circulación de estas formas de desplazamiento por las vías ciclistas para que estén en igualdad de condiciones que las bicicletas.
  5. Generalizar la circulación en bicicleta o VMU por el centro del carril de la calzada que se esté usando en función del destino y de las condiciones del tráfico.
  6. Obligar a los vehículos a motor a ocupar por completo el carril contiguo para adelantar a una bicicleta o un VMU.
  7. Establecer que la distancia de seguridad que los vehículos a motor deben mantener en movimiento detrás de una bicicleta o un VMU nunca sea inferior a la longitud que ocupan dos turismos uno detrás de otro.
  8. Permitir la circulación de bicicletas y de VMU en ambos sentidos en calles residenciales de un sentido limitadas a 10 Km/h o 20 Km/h.
  9. Eliminar la exigencia a los conductores de bicicletas de pedaleo asistido y de VMU a tener documentación acreditativa sobre la homologación de su vehículo .
  10. Eliminar los casos en los que las vías ciclistas son de uso obligatorio.
  11. Eliminar la prohibición de circular en bici por la calzada a menores de 12 años.
  12. Permitir la circulación en bici por la acera a menores de 12 años.
  13. Permitir el transporte de menores de hasta 7 años y de mercancías en semibicis, remolques y semirremolques en horario nocturno mediante los accesorios de iluminación correspondientes.
  14. Regular las características técnicas que deben cumplir los carriles bici.
  15. Establecer los aparcamientos de bicicletas y VMU a cota de calzada.
  16. Obligar a las empresas de servicios de movilidad compartida de bicicletas, VMU y aparatos similares a estar dotadas de bases fijas para el estacionamiento de estos vehículos a cota de calzada y a tener en la aplicación móvil de acceso a su servicio un sistema que obligue al usuario a estacionar el vehículo en una base fija para finalizar su uso.






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