La nueva ley 'Solo sí es sí'

Granada.- Tribunales.- Condenado a seis años de prisión por apuñalar en el cuello a su pareja en Almuñécar
Imagen de la sala de la Audiencia de Granada con medidas de seguridad por el Covid-19 | Foto: Archivo EP
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En un principio no se entiende que un cambio en la ley de consentimiento, que lleva en vigor apenas un mes, ya esté creando polémica en su interpretación y en la rebaja de la aplicación de sus penas. Es un agujero o un descuido indeseado para sus promotores, pues beneficia tanto como protege a algunos condenados. Lamentablemente se desprotege o abandona a la víctima, si de lo que se trata es de cohibir o penalizar más “para garantizar la protección de las mujeres, tal y como establece la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual y que no queden en la impunidad los agresores”.

Luego es incomprensible que el efecto sea o no de pigmalión, las consecuencias favorecen más a los agresores que a las víctimas de delitos sexuales, y al no acotar los casos susceptibles de revisión de la pena, se reduzca como por ‘arte de magia’ o de incompetencia de finalidad por parte de los que han realizado el desaguisado. Porque cualquier norma que modifique el Código penal tiene que haber previsto las consecuencias.

Además, sus críticos, sin embargo, creen que vulnera la presunción de inocencia y la igualdad ante la ley. Y al no permitirse revisar, se descarta esta opción porque eso "supondría volver a enjuiciar el caso y hacerlo en contra del reo", algo que no permite la ley. De ahí que es inconcebible que, si evidentemente no era el objetivo de la ley el que se pudieran rebajar las penas con motivo de abusos a mujeres, para reforzar y garantizar las seguridades de las mismas, no se puede entender qué tipo de amparo o protección se ha mejorado. Todo lo contrario, habría que haber legislado teniendo conocimiento y asesoramiento contrastado y cotejado por los especialistas. Pero parece ser que el poder ejerce despropósitos, según convenga a unos ideales feministas más que a unos intereses generales y no de leyes que, hoy por hoy, no deben confrontar sesgos intrínsecos sexistas.

Así, pues, si ciertos magistrados resaltan que la reforma legal quiso "equiparar los supuestos de abuso sexual y de agresión sexual, independientemente de la concurrencia de violencia o intimidación". Sin ser un leguleyo ni un entendido en leyes, lo que ha resultado es que se ha premiado a los agresores, y la razón se pierde razonando, según diría el poeta Antonio Porchia, confirmada y no entendida por otro poeta, Mario Benedetti, pues la perfección es una pulida colección de errores, y observarlos detenidamente sería entender su naturaleza hasta llegar a la excelencia, asunto que no ha ocurrido al dejar claramente de manifiesto que los agresores no han hecho ningún mérito para rebajar su condena.

En resumidas cuentas, quiere decir que los gobernantes dan muestra una vez más de sus incompetencias y de su cínico poder, a veces tan arbitrario que deja mucho que desear, y que para la ciudadanía es tan incomprensible como se puede llegar a estos grados de ineptitud o desvergüenza. El lector juzgará la conveniencia o inconveniencia y el grado de lesividad, cobijo o desprotección de las víctimas ante abusos o agresiones sexuales; no sólo se trata de semántica o significados de palabras sino de hechos categóricos y hechos probatorios para la valoración de las pruebas en su complejidad o simplicidad. Juzguen ustedes.







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