Un total de 45.000 establecimientos de hostelería deberán aplicar desde este sábado la norma de aceiteras irrellenables

Aceiteras irrellenables
E.P.
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Un total de 45.000 establecimientos de hostelería andaluces deberán aplicar desde este sábado la normativa española que obliga al uso de envases irrellenables en el caso del aceite de oliva, una normativa que entrará en vigor el 1 de marzo y que supone el fin de las aceiteras rellenables.

Fuentes de la Federación Andaluza de Hostelería han recordado a Europa Press que el día 1 de marzo entra en vigor la norma, que "sólo afecta al aceite de oliva, no al resto de aceites". Han agregado que las multas por infracción en ese asunto oscilan entre 600 y 600.000 euros.

Los hosteleros ya apuntaron que si al aceite de oliva se le añade ajo, guindillas, romero, tomillo o cualquier otro condimento no se estaría vulnerando la normativa, donde, a juicio del sector, se considera que "hay posibilidad de que las aceiteras puedan seguir rellenándose en el caso de que el aceite de oliva esté preparado y sea una especie de salsa o un condimento".

De esta forma, los hosteleros consideraron que si al aceite de oliva virgen extra se le pone, por ejemplo, guindilla, tomillo o ajo, no afectaría la norma y "no entendemos que se esté vulnerando la ley" en ese caso, ya que "ya no se consideraría aceite de oliva virgen extra, sino un aderezo, salsa o preparado".

Por ello, consideran que "si la aceitera posee una etiqueta donde ponga aderezo o preparado pero no aceite de oliva, se entiende que eso no incumplirá la ley y es suficiente para cumplir la norma".

Las fuentes han indicado que a partir del 1 de marzo, a su juicio, "se abren tres alternativas, o usar botellas irrellenables, o en monodosis o colocar una etiqueta donde ponga 'preparado', 'aderezo' o 'salsa' en un aceite de oliva con ajo, romero, tomillo o cualquier otro condimento".

Los hosteleros consideran que esta problemática "está sobredimensionada, pues no conocemos ningún establecimiento que no utilice aceite de oliva".

El sector reconoce que "lo que más nos ha dolido de esta normativa ha sido que se hizo para que no defraudáramos, cuando el fraude es totalmente improbable".

En España hay 350.000 establecimientos de hostelería, de los que 45.000 se ubican en Andalucía.

VIGILANCIA DE LA JUNTA

La Secretaría General de Consumo de la Junta va a iniciar en los próximos días una campaña de inspección para comprobar que bares y restaurantes utilizan en sus servicios aceiteras no rellenables y correctamente etiquetadas, como exige la actual normativa que entró en vigor el pasado 1 de enero.

No obstante, la norma establecía un periodo de transición hasta el 28 de febrero para que el sector hostelero y de restauración pudiera agotar las existencias adquiridas antes de la entrada en vigor del Real Decreto 895/2013, de 15 de noviembre, que establece prohibiciones y nuevas exigencias en la comercialización de aceites de oliva y de orujo de oliva.

La norma estatal tiene su antecedente en el 'Plan de acción sobre el sector del aceite de oliva de la Unión Europea', que obliga a informar sobre las condiciones de conservación del producto y a mejorar tanto el tamaño de la letra como su ubicación en la etiqueta para facilitar su lectura. Asimismo, indica la necesidad de abordar el problema de la fecha de consumo preferente y anima a los Estados Miembros a exigir al sector de la hostelería el uso de envases de un sólo uso, que no puedan rellenarse.

Con esta medida se pretende garantizar a los consumidores y usuarios la calidad y autenticidad de los aceites puestos a su disposición, así como mejorar la imagen del producto, según señala la administración andaluza en una nota. Estos controles se enmarcan en la campaña de inspección de restauración 2014, que va a iniciar la Junta en los próximos días y que se prolongará hasta finales de año.

En este contexto, los inspectores de Consumo verificarán que bares, restaurantes y establecimientos similares ponen a disposición de los clientes envases precintados, que impidan su reutilización una vez agotado el contenido original.

Se exceptúan de esta obligación los aceites de oliva que han sido aromatizados por el propio establecimiento mediante maceración de diferentes especias y condimentos como ajo, laurel y pimienta, entre otros. En estos casos, al manipularse dos productos alimenticios para fabricar uno resultante, el establecimiento de restauración será responsable de que sea etiquetado como le corresponde, como condimento preparado, con la finalidad de facilitar una información veraz a los consumidores.







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