Salud elabora una guía de medidas contra el covid-19 para la apertura de Sierra Nevada

Pasa por reducir los riesgos de la práctica deportiva, de los escenarios posteriores y los de la afluencia masiva y aglomeraciones

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Un grupo de niños, en Sierra Nevada | Foto: Archivo GD
Europa Press
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El Consejo de Gobierno de la Junta ha tomado conocimiento de la guía de medidas preventivas y de protección de la salud ante el Covid-19 en la estación de esquí, snowboard y montaña de Sierra Nevada, elaborado por la Consejería de Salud y Familias a través de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, con la colaboración de la empresa que gestiona la misma, Cetursa Sierra Nevada.

Su objetivo pasa por reducir tres tipos de riesgos: el originado en la práctica deportiva, el riesgo en los escenarios posteriores a la práctica deportiva y el originado por la afluencia masiva y aglomeraciones de personas, según ha informado la Junta tras el Consejo de Gobierno.

Con respecto a las medidas para reducir al riesgo en la práctica deportiva, destaca el establecimiento de un nivel de aforo del 50 % sobre la capacidad de deportistas en la estación, modulándose el aforo de acuerdo al nivel de alerta; de forma previa al acceso al dominio esquiable, se establece como necesaria la adquisición por vía telemática de los denominados 'forfaits'; y será obligatorio el uso de mascarilla durante la permanencia de los deportistas en la estación.

Además, la estación deberá contemplar medidas preventivas específicas para la gestión de las colas de los deportistas en el uso de los remontes (telesillas, telecabinas, telesquíes y alfombras), y se permitirá el uso de todos los asientos de los telesillas y telesquíes, estableciéndose una pauta periódica de desinfección de los posibles elementos de contacto de los vehículos.

Las telecabinas, por su parte, reducirán su aforo a un 75 % de su capacidad (máximo seis usuarios por vehículo) en caso de disponer de asientos y a un 60 % (máximo ocho usuarios por vehículo) en caso de que los usuarios vayan de pie, permaneciendo abiertas durante el trayecto las ventanas.

Los aforos indicados podrán ser superados cuando todos los usuarios pertenezcan a una unidad de convivientes, y cuando la aglomeración de personas en espera lo permita, estos aforos se reducirán a un 50 % de la capacidad total.

Finalmente, las tiendas de alquiler de equipos de esquí deberán de establecer un aforo de acceso al público (50 % en nivel alerta 4 y 60 % en nivel alerta 3) mediante cita previa. Asimismo, se establecerá un sistema de desinfección adecuado con virucidas autorizados entre usos del material alquilado.

Por su parte, las escuelas de esquí o clases grupales por monitores autónomos establecerán grupos de siete alumnos más un profesor como máximo (diez en niveles alerta 3 y 2). En cuanto a las medidas preventivas para reducir el riesgo en los escenarios posteriores a la práctica deportiva, se corresponderán con el nivel de alerta existente en el territorio donde se ubica la estación de acuerdo a la normativa vigente (actualmente nivel alerta 3).

Respecto a las actividades de restauración y hostelería, y atendiendo a dicho nivel actual en Sierra Nevada, el horario de apertura al público será el establecido según grado o normativa específica en el periodo navideño; aforos del 50 % en interior y en terrazas; estará prohibido el servicio en barra; los salones de celebraciones de hoteles deberán respetar deberán respetar un máximo del 50 % de su aforo en mesas o agrupaciones de mesas y, en todo caso, un máximo de 75 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados, y las mesas tendrán un máximo de seis personas.

Respecto a las actividades en hoteles y alojamientos turísticos, la ocupación de las zonas comunes no superará el 40 % de su aforo; la restauración permanecerá abierta de acuerdo al horario establecido; cesarán su actividad los locales de ocio como salas de fiesta y similares, así como aquellos cuya actividad sea exclusivamente de servicio de bebidas; las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse con un aforo máximo de diez personas; y las 'unidades de alojamiento' de los apartamentos turísticos no podrán ocuparse por más de seis personas, salvo que todas pertenezcan a la misma unidad familiar de convivencia.

Por otro lado, permanecerán cerrados los establecimientos recreativos infantiles que se destinen a ofrecer juegos y atracciones recreativas diseñadas específicamente para público de edad igual o inferior a doce años, así como los espacios de juego y entretenimiento; y podrán permanecer abiertos aquellos establecimientos con actividad o licencia de ludoteca (sin actividades recreativas).

Respecto a los locales comerciales, deberán cumplir con las medidas establecidas para ellos de acuerdo al nivel de alerta y grado correspondiente (60 % de aforo en nivel 3); y podrán permanecer abiertos de acuerdo a horario establecido.

El último grupo de medidas previenen el riesgo originado por la afluencia masiva y aglomeraciones de personas. En este sentido, sólo se permitirá el acceso al dominio esquiable a las personas que sean portadoras de 'fortfait' o, en su caso, a acompañantes de menores de edad o personas con discapacidad que requieran de acompañante, así como a los trabajadores de la estación de esquí; se restringirá el acceso de 'visitantes' de acuerdo con el nivel de alerta existente (aforo máximo del 30 %, con un máximo de 600 personas al día en nivel 3 de alerta); y se limitará el aparcamiento de vehículos en sentido descendente de la Hoya de la Mora desde el kilómetro 36 al 38,5 (en nivel 3 de alerta a 150 vehículos).

Para concluir, el cambio en la situación sanitaria podrá motivar la modificación o adaptación de las condiciones de acceso y uso establecidos en la guía, ha especifado la Junta tras el Consejo de Gobierno.







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