Redune acudirá al Constitucional tras rechazar la Audiencia su personación en el 'caso Romanones'

El colectivo entiende que esta decisión de la Audiencia Provincial vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva y ve "incongruente" su resolución al no tener en cuenta el correo electrónico que la asociación recibió del denunciante de este supuesto caso de abusos sexuales.

Policía-Juzgados
Foto: Archivo GD
E.P
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La Asociación Redune ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Constitucional la decisión de la Audiencia de Granada de rechazar su personación como acusación popular en la causa que instruye el Juzgado de Instrucción número 4 sobre supuestos abusos sexuales presuntamente cometidos por sacerdotes a menores.

El colectivo entiende que esta decisión de la Audiencia Provincial vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva y ve "incongruente" su resolución al no tener en cuenta el correo electrónico que la asociación recibió del denunciante de este supuesto caso de abusos sexuales.

En él manifestaba que "el actuar del padre Román", actualmente el único imputado en la causa, y del resto de sacerdotes inicialmente investigados "era claramente sectario", algo "no solamente dicho por él sino por 16 sacerdotes de Granada", según expone la Asociación Redune (Red de Prevención del Sectarismo y Abuso de la Debilidad) en un comunicado remitido a Europa Press.

Para el colectivo esto es motivo "más que suficiente para que se hubieran incoado diligencias previas por el delito de asociación ilícita", tal y como solicitó en su día ante el Juzgado de Instrucción número 4 de Granada.

Redune considera que en este caso se han cometido los delitos de incitación al odio por motivos religiosos; asociación ilícita en su modalidad de abuso de debilidad, grupo coercitivo o secta; profanación u ofensa a los sentimientos religiosos; contra la libertad e indemnidad sexuales en su forma de agresión sexual y de abusos sexuales y exhibicionismo.

No obstante, en un auto firme, la Audiencia ha sostenido que Redune no puede personarse en la causa porque, teniendo en cuenta los fines para los que se constituye esta asociación, ninguno de estos delitos, a excepción del de asociación ilícita, forma parte de sus intereses.

Sobre el posible delito de asociación ilícita, la Sala afirma que "no existe base fáctica suficiente en que poder apoyar la existencia de este tipo delictivo, pues ni se pone de manifiesto en la querella, ni se observa en los testimonios aportados", por lo que rechaza que el grupo de sacerdotes y de laicos liderado por el padre Román sea una "asociación de carácter sectario".

A juicio de Redune, "no considerar a los denunciados como una asociación ilícita les da carta blanca para volver celebrar reuniones y retiros donde se vuelvan a reiterar las execrables conductas que se juzgan en este caso".

El colectivo también ha mostrado su "total desacuerdo" con el comportamiento de la Fiscalía y le reprocha que "a pesar del contundente email del denunciante" no haya "hecho nada" para que se siguieran actuaciones penales contra el grupo de sacerdotes liderado por el padre Román M.V.C, por supuesta asociación ilícita.







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