Qué hacer si te llega una multa de la DGT

Conocer los pasos a seguir una vez que se ha notificado la sanción económica puede propiciar una reducción de la cuantía a pagar

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Un operario pone una multa | Foto: Archivo GD
GranadaDigital
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Todo el que se pone al volante de un vehículo se expone a ser multado en alguna ocasión. En verano, el uso del coche se multiplica, por lo que también las sanciones impuestas por la Dirección General de Tráfico (DGT). Coger más el coche supone un incremento de la posibilidad de ser multado, por lo que conviene conocer cuáles son los pasos a seguir si esto sucede.

En primer lugar, una vez se ha recibido la sanción, es necesario decidir si se va a pagar la multa sin más, se va a reclamar o se va a poner una alegación. En cualquiera de estos casos hay que dirigirse siempre al organismo sancionador, tal y como detalla la propia DGT.

Una vez asumido que se va a abonar el importe correspondiente a la sanción económica impuesta por Tráfico, conviene conocer que existe un periodo de pago voluntario en el que se puede saldar la deuda con el organismo, en la mayoría de los casos bajo una reducción del 50% del importe total de la multa. Este plazo lo conforman los primeros 20 días naturales desde que la denuncia es notificada oficialmente.

Cuando pasa este plazo de 20 días desde que inicia el periodo de pago voluntario, se inicia automáticamente el denominado periodo ordinario, que se extiende hasta 45 días después de recibir la notificación de la denuncia. Durante este plazo, el usuario multado podrá realizar el pago del 100% de la sanción impuesta en cualquier momento. Los pagos no se pueden fraccionar o aplazar, sino que deben ser abonados en su totalidad en un único ingreso.

A partir de aquí, si el usuario multado se demora hasta exceder el plazo ordinario, la multa pasa a ser gestionada por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Esta se encargará de cobrar el importe correspondiente, así como un 20% de recargo.







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