Prohibido bañarse en las aguas públicas de Granada | Vídeo

La Ley de Ordenanza de la Convivencia sanciona a quienes deterioren los espacios públicos de la provincia

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Una persona se refresca en una de las fuentes de la ciudad | Foto: Román Callejón
Sarai Bausán García @Sarai_Bausan | Román Callejón @RomanCallejon
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Con la llegada del calor, los granadinos huyen de las altas temperaturas de la provincia a resguardarse en las playas o piscinas de Granada. Pero la parte de la población que no dispone de piscina propia o no tiene cercana la playa busca alternativas para refrescar sus días como es bañarse en las fuentes públicas de Granada o incluso en el rio Genil.

Un hecho sancionado por la Ordenanza de la Convivencia de Granada. Se trata de una ley que busca el fomento y la promoción de la convivencia y el civismo en el espacio público que sanciona aquellas acciones que pueden perturbar, lesionar o deteriorar tanto la propia convivencia ciudadana como los bienes públicos.

La Ordenanza se muestra tajante sobre esta temática: “Se prohíbe expresamente bañarse, lavarse o pescar en las fuentes, los estanques y otros espacios acuáticos”.

Pero no solo se condena el adentrarse en el agua de las fuentes públicas, sino que también se sanciona lavar objetos en el lugar, tirar al interior cualquier materia liquida o sólida y abandonar bajo el chorro cualquier envase como cántaros o cubos.

De igual modo, la normativa señala como inadecuado lavar o bañar a los animales en la vía y darles de beber agua arrimándolos a la boca de las fuentes públicas.

El incumplimiento de esta normativa supone una infracción leve que notificarán los agentes de la Policía Local. Además, los vigilantes de los parques y jardines deben identificar al infractor ante la Policía y realizar un informe explicativo del acto que ha originado este mal uso del mobiliario urbano.

Ante la posibilidad de que las personas que se adentren en las fuentes para refrescarse señalen como excusa el no conocer estos hechos, la normativa lo deja claro: “El desconocimiento de esta Ordenanza no exime del cumplimiento de sus disposiciones”.

Y es que, como ellos mismos señalan, todas las personas tienen la obligación de utilizar correctamente los espacios públicos de la ciudad y los servicios, las instalaciones y el mobiliario urbano y demás elementos, siempre respetando el derecho de los demás a usarlos y disfrutarlos adecuadamente.

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