Más del 5% de los granadinos es multado por exceso de velocidad

La DGT ha llevado a cabo una campaña especial de vigilancia entre los días 18 y 24 de abril donde se han realizado controles de velocidad a 23.995 vehículos | Son los datos más altos desde 2009

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Un coche circula por la carretera
Redacción GD | Fuente: DGT
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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha desarrollado una campaña especial de vigilancia y control de la velocidad y concienciación entre los días 18 y 24 de abril en la provincia de Granada. Una campaña que persigue como objetivo la reducción de la cifra de víctimas como consecuencia de los accidentes de circulación.

Los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han llevado a cabo una intensificación de controles de velocidad, en la que se ha controlado la velocidad de 23.995 vehículos en la provincia granadina. De estos vehículos controlados resultaron denunciados por exceso de velocidad 1.315 conductores, que representa el 5,49 %, según los datos de la DGT.

Exactamente se trata de un 5,49% de los granadinos, el multado por exceso de velocidad en esta muestra realizada en esta campaña. Un dato que ha crecido casi un 2% desde el 2009 (3,50%). De hecho, se trata del porcentaje más alto desde el 2009.

Respecto a la última campaña realizada, del 20 al 26 de julio de 2015, el porcentaje no ha variado tanto. En aquellas fechas, un 5,26 infringió en exceso de velocidad.

Las cifras más bajas son en 2011 y 2014 con un 2,70 y un 2,88.

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Fuente: DGT

A NIVEL NACIONAL

A nivel nacional, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han controlado la velocidad a 746.133 vehículos, de los que 33.959 han sido 'cazados' en una infracción.

Además, el departamento que dirige María Seguí ha destacado que tres de los conductores denunciados incurrieron en delito y fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 kilómetros por hora la velocidad permitida en la vía, según se recoge en el Código Penal

¿POR QUÉ LA CAMPAÑA DE VELOCIDAD?

Con independencia de que la velocidad incrementa la gravedad de las lesiones en caso de accidente, incluso en ocasiones, es causa determinante de la muerte, diferentes estudios han demostrado que:

  • Llevar una velocidad adecuada podría evitar prácticamente una cuarta parte de los muertos en accidente de tráfico en nuestra provincia.
  • En el caso de los accidentes mortales, en un 22% de ellos se apreció que la velocidad fue un factor concurrente en el accidente.
  • Según las conclusiones del estudio de Nilsson (power model) sobre la velocidad, una reducción del 5 % en la velocidad media supone una reducción aproximada del 10 % de los accidentes con heridos y del 20 % de los accidentes mortales. A sensu contrario, un aumento del 5 % en la velocidad media supone un aumento aproximado del 10 % de los accidentes con heridos y del 20 % de los accidentes mortales.
  • A partir de 80 km/h es prácticamente imposible que un peatón se salve en un atropello. A una velocidad de 30 kilómetros por hora, el riesgo de muerte del peatón se reduce al 10%.
  • A 120 kilómetros por hora necesitamos para detenernos una distancia superior a un campo de fútbol. (La distancia necesaria para la detención de un vehículo es de 15 metros a 50 km/h, de 44 metros a 80 km/h, de 70 metros a 100 km/h y aumenta hasta 103 metros a 120 km/h).
  • El exceso de velocidad no sólo incide en la seguridad vial, también incide sobre el medio ambiente, la calidad de vida y el consumo de combustible.
  • A velocidades elevadas los cinturones de seguridad pierden buena parte de su efectividad.

CÓDIGO PENAL

La última reforma del Código Penal tipifica como delito contra la seguridad vial rebasar los límites establecidos con excesos de 60 km/h en ciudad y de 80 km/h en carreteras. Por lo que los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil están en la obligación de abrir diligencias y poner a disposición judicial a aquellos conductores que incurran en estas conductas al ser detectados circulando a más de 110 km/h en zonas urbanas o travesías, a 200 km/h autovías y autopistas y a 170 o180 km/h en el resto de carreteras según que el límite establecido sea de 90 o 100 km/h.

Los conductores detenidos pueden ser condenados a las siguientes penas:

En Excesos de más de 60 km/h en vías urbanas o travesías y de más de 80 km/h en carreteras, la pena es prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

PERMISO POR PUNTOS

El sistema de permiso de conducir por puntos contempla la pérdida de entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción, dependiendo del exceso de velocidad cometido. La norma general dice que la velocidad debe ser la adecuada:

 - a los límites establecidos.

- a las propias condiciones psicofísicas del conductor.

 - a las características y al estado del vehículo.

 - a la vía y a las condiciones meteorológicas y ambientales de la circulación.

En la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación (artículos 48 a 54), que la desarrolla, se fija la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamientos y distancias entre vehículos.

El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros.

En el año 2.015, por circular con exceso de velocidad por las carreteras de nuestra provincia, se han realizado un total 47.567 denuncias, de éstas 11.149 han dado lugar a sanciones con detracción de puntos, con un total de 24.584 puntos detraídos.







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