Más de 15.200.000 contribuyentes podrán utilizar 'RENTA WEB' para hacer su declaración por internet

Está previsto que la presente campaña cuente con 19.708.000 declaraciones, lo que supone un nuevo incremento en el número de declarantes de IRPF tras el registrado en la anterior campaña

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Renta 2015
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La Agencia Tributaria abre hoy, 6 de abril, el plazo para confirmar, modificar y presentar por vía telemática la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2015 (IRPF 2015), que cuenta como principal novedad con la implantación de ‘RENTA WEB’ como plataforma única para una gestión más simple y flexible por internet de todas las declaraciones de Renta que no incluyan rendimientos de actividades económicas.

RENTA WEB cuenta con un potencial de usuarios estimado en más de 15.260.000 declaraciones, casi el 80% del total, incluyendo tanto a aquellos contribuyentes que el año pasado podían utilizar el tradicional borrador de IRPF (unos 13,6 millones), como a más de 1.660.000 contribuyentes que el año pasado aún estaban obligados a utilizar el ‘PADRE’ o programas de ayuda equivalentes.

En la campaña que ahora comienza únicamente algo más de 4.100.000 declaraciones se deberán seguir confeccionando con el PADRE por contar con rendimientos de actividades económicas, siendo objetivo de la Agencia Tributaria que también estos contribuyentes puedan utilizar RENTA WEB en próximas campañas.

Nuevo incremento en el número de declarantes

Está previsto que la presente campaña cuente con 19.708.000 declaraciones, lo que supone un nuevo incremento en el número de declarantes de IRPF tras el registrado en la anterior campaña. De ese total, 14.673.000 declaraciones darán derecho a devolución, por un importe total de 10.858 millones de euros, y 4.260.000 declaraciones saldrán con resultado a ingresar, por importe de 7.948 millones de euros.

El plazo de presentación finalizará el 30 de junio, tanto para las declaraciones a ingresar como a devolver. No obstante, en las declaraciones a ingresar si se opta por realizar el pago mediante domiciliación bancaria el plazo de presentación abarcará hasta el 25 de junio. La campaña presencial comenzará el 10 de mayo, al igual que la asistencia en oficinas.

La atención en internet y por teléfono se inicia hoy. Las devoluciones se iniciarán en apenas 48 horas, el próximo 8 de abril, para los contribuyentes que, una vez revisada, presenten por internet, a través de la web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es), su declaración, tanto con RENTA WEB como, en el caso de contribuyentes con actividades económicas, con el programa PADRE.

Un borrador universal a través de RENTA WEB La nueva plataforma para la gestión de las declaraciones por internet facilita la confección de un borrador universal, una propuesta de declaración para todos los contribuyentes que no cuentan con actividades económicas. RENTA WEB permite tanto modificar, tramitar y presentar los borradores generados en la propia plataforma, como confirmar o modificar los borradores recibidos por correo, y todo ello directamente en el servidor de la Agencia Tributaria, de manera que no requiere la descarga previa de ningún programa.

Además, permite que el contribuyente acceda, siempre que quiera, a los datos fiscales más actualizados que en cada momento pueda ofrecer la Agencia, y ofrece la posibilidad de retomar una propuesta de declaración sobre la que se hubiese estado trabajando previamente, o abrir nuevas sesiones de trabajo en cualquier momento y desde cualquier dispositivo, incluyendo tabletas y teléfonos móviles. Una vez que el contribuyente accede a la plataforma y se identifica, se produce el traslado automático de todos sus datos.

Si no es necesario corregirlos o aportar información adicional, desde el cuadro de resultados se puede ya presentar la declaración o imprimirla para presentarla en papel. De esta forma, la navegación se puede ver reducida a apenas tres pantallas (aceptación de datos fiscales y personales, resumen de la declaración y presentación).

En caso de ser necesaria la modificación o ampliación de datos, RENTA WEB irá guiando al contribuyente en función de la información de que disponga la Agencia Tributaria. Igualmente, la plataforma también avisará al contribuyente si, tras una primera sesión abierta previamente, cuenta con información nueva, para que decida si quiere generar una nueva propuesta de declaración, o continuar con la sesión que había iniciado. Además, RENTA WEB permite, a través del resumen de la declaración, comparar en las unidades familiares cuál es la opción más ventajosa (individual o conjunta).

Quiénes pueden utilizar RENTA WEB

Todos los contribuyentes del IRPF, salvo aquellos que cuenten con rendimientos de actividades económicas entre sus fuentes de renta, podrán tanto confirmar su borrador, como confeccionar y presentar la declaración con la plataforma RENTA WEB. Además del perfil de usuario del borrador de Renta existente en la campaña anterior, este año también podrán, por tanto, utilizar RENTA WEB, entre otros, aquellos contribuyentes que cuenten con rendimientos del capital inmobiliario, tengan inmuebles no arrendados con independencia del número y también quienes cuenten con ganancias patrimoniales sin retención.

¿Cómo obtener ‘Clave PIN’ y el número de referencia (REN0)?

La obtención de Clave PIN requiere dos pasos, un registro previo único y una solicitud posterior cada vez que lo necesite el contribuyente. El registro previo se podrá efectuar por dos vías:

- A través de internet, siguiendo las instrucciones de la carta que la Agencia remitirá a quienes la soliciten a través de la opción ofrecida en el icono de la página web de la AEAT ‘Clave PIN’. En este caso, además del DNI, el número de móvil y el correo electrónico, el contribuyente debe aportar los dígitos del IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular como información de contraste.

- Presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria aportando el DNI, un correo electrónico y un número de teléfono móvil, sin necesidad de cita previa ni documentación alguna, salvo la exhibición del propio documento de identificación.

Una vez registrado en el sistema, cuando el contribuyente desee realizar algún trámite, desde el enlace disponible en el propio trámite o a través del icono ‘Clave PIN’ podrá solicitarlo. Para ello deberá consignar el NIF, la fecha de caducidad del DNI y una contraseña de cuatro caracteres que definirá el contribuyente para cada solicitud.

A continuación, recibirá por SMS un PIN de tres dígitos que, junto con la contraseña, forman el código de acceso necesario para realizar sus trámites. A su vez, para la obtención del número de referencia mediante el servicio REN0 se solicitará el NIF y primer apellido del contribuyente, la casilla 490 de la Renta 2014 y un número de móvil al que se enviará un SMS con el número de referencia. A los no declarantes en el ejercicio anterior y a los nuevos declarantes, en lugar de la casilla 490 se les solicitará el código de una cuenta bancaria de la que sea titular el contribuyente.

Como novedad, este año, y al objeto de facilitar su utilización por parte del contribuyente, el número de referencia pasará a estar formado por sólo 6 caracteres, frente a los 12 de años anteriores. Además de mediante el icono específico en la página de la Agencia, y del certificado electrónico y Clave PIN, en la presente campaña también se podrá solicitar el número de referencia por teléfono, en el 901 12 12 24.

Este año, además, a través del servicio de alertas a móviles y en los envíos por correo de borradores y datos fiscales se remitirá la casilla 490, en lugar del propio número de referencia, dada la posibilidad de obtener distintos números de referencia en función de las necesidades del contribuyente.

Vías de presentación de la declaración

Existen varias vías para presentar la declaración, según sea el resultado a devolver o a ingresar, y si se domicilia o no el pago. Domiciliar el pago significa que se puede presentar la declaración de la Renta cualquier día, hasta el 25 de junio, pero el pago no se hará efectivo hasta el 30 de junio, último día de la campaña de Renta.La domiciliación no impide fraccionar el pago en dos plazos (el segundo, el 7 de noviembre).

- Vías no presenciales (sin desplazamiento a oficinas), del 6 de abril al 30 de junio (25 de junio si se trata de pagos con domiciliación); VÍAS DE PRESENTACIÓN: Casos en los que se puede utilizar esta vía Por internet www.agenciatributaria.es TODOS Por teléfono (operador) –limitado por perfil de rentas*– 901 200 345 (L-V, de 9 a 21 horas) A devolver e ingresar (domiciliando el pago) Por banca electrónica y telefónica A devolver e ingresar (sin domiciliar) En cajeros automáticos de ciertas entidades A devolver e ingresar (sin domiciliar) (*) Fundamentalmente, rendimientos del trabajo, capital mobiliario, imputaciones de rentas inmobiliarias y ventas de fondos de inversión sujetas a retención.

- Vías presenciales, del 10 de mayo al 30 de junio (25 de junio si se domicilia el pago, con cargo el 30 de junio); VÍAS DE PRESENTACIÓN: Casos en los que se puede utilizar esta vía En las oficinas de las entidades financieras colaboradoras A devolver e ingresar (sin domiciliar) En las oficinas de la AEAT o CCAA A devolver e ingresar (domiciliando el pago).

Principales servicios de asistencia e información

- Internet: www.agenciatributaria.es (ofrece información y gestiones sin horarios).

- Teléfono Asistencia: 901 200 345 (para gestionar el borrador; de 9 a 21 horas, de lunes a viernes).

- Teléfono Renta Información: 901 33 55 33. (para resolver dudas; de 9 a 19 horas, de lunes a viernes).







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