La defensa de 'Abdu Willy' pide a Pedraz que le retire el delito de asociación ilícita para que sea expulsado

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El abogado defensor de presunto pirata "Abdu Willy", detenido tras el secuestro del atunero "Alakrana", pidió al juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, que retire la imputación por asociación ilícita que pesa contra su cliente para que las penas a las que se enfrente no superen los seis años de cárcel y, de esta forma, pueda ser expulsado de España en aplicación de la Ley de Extranjería.

Así consta en un escrito registrado ante el Juzgado Central de Instrucción número 1 en el que el letrado del presunto corsario, Francisco Javier Díaz Aparicio, solicita al juez que fije "los hechos objeto de la imputación" y que las diligencias sean tramitadas como procedimiento abreviado, lo que conllevaría una pena inferior a nueve años de cárcel, y no a través de un sumario, previsto para condenas superiores a esta cifra.

Tanto Cabduwelly Cabdullahi, alias "Abdu Willy", como su compañero Raageggesey Hassan Haji, alias "El Machote", están imputados por 36 delitos de detención ilegal, asociación ilícita y robo con violencia y uso de armas. El juez continúa la instrucción contra ellos y se plantea llamar a declarar a los infantes de marina que procedieron a su detención.

En su solicitud, Díaz Aparicio recuerda que fue el juez Baltasar Garzón, que sustituía a Pedraz al comienzo de la instrucción, y no la Fiscalía quien le acusó del delito de asociación ilícita. Además, indica que la Sala de lo Penal excluyó el delito de robo con violencia y uso de armas en el auto por el que declaró competente de la instrucción a este juez al considerar que "Abdu Willy" era mayor de edad.

También defiende que la Audiencia Nacional no puede asumir la causa por un delito de asociación ilícita "ni en base al principio de justicia universal", que "sólo es aplicable a los delitos en taxativamente expresados en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ)", ni por "aplicación del principio de soberanía".

"Solamente por la vía de la conexidad de los delitos podría sostenerse la competencia para enjuiciar la asociación ilícita, siempre dando por supuesto que ésta afecte a los intereses nacionales, pues sentado está que no se constituye en nuestro territorio", señala el escrito antes de añadir que la participación de "Abdu Willy" en una asociación es algo "alejado del estado del procedimiento".

EXPULSIÓN DE ESPAÑA

Aunque no lo refleja en su petición, Díaz Aparicio defiende que su cliente podría ser expulsado de España en el plazo de tres días en virtud del artículo 57.7A de la Ley de Extranjería, que prevé que el fiscal pueda proponer la expulsión de un encausado previa conformidad con la defensa en el caso de que se le atribuyan delitos que no superen los seis años de cárcel.

El delito de asociación ilícita está castigado con penas que van desde los seis hasta los doce años de cárcel mientras que el de robo con violencia y uso de armas conlleva la prisión entre tres años y medio y cinco, según consta en el Código Penal.

La detención ilegal, por su parte, está castigada con penas de entre seis y diez años, que podrían ser aplicadas en su grado inferior si el instructor considerara que los imputados actuaron como cómplices y no como autores de estos delitos. A este respecto, el letrado defiende que su cliente sólo habría participado en los secuestros durante dos días, ya que el rapto del "Alakrana" se produjo el 2 de octubre y él fue apresado el día 4.







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