Cultura propone la prohibición de la reventa de entradas de carácter lucrativo

Como medida alternativa plantea la imposición al promotor de emitir entradas nominativas en conciertos "de gran afluencia"

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Imagen ilustrativa de un concierto en la Plaza de Toros de Granada | Archivo GD
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El Ministerio de Cultura y Deporte y las comunidades autónomas han aprobado el informe sobre una futura regulación de las reventas de entradas que, entre otras medidas, contempla la posibilidad de prohibir la reventa "habitual" de entradas, es decir, las de carácter lucrativo.

En rueda de prensa posterior a la conferencia sectorial celebrada en Madrid donde se ha aprobado este informe, el ministro de Cultura y Deporte, José Guirao, ha explicado que todas las comunidades se han mostrado a favor de desarrollar un "marco general" sobre este tema, a través de una normativa estatal.

Guirao ha reiterado que el siguiente paso será ese desarrollo legislativo --bien mediante una Ley o Decreto Ley--, si bien no ha fijado plazos . "Se hará con la máxima rapidez, pero los plazos son muy engañosos", ha añadido.

El ministro también ha dejado la puerta abierta a que sean las comunidades autónomas las que terminen regulando este apartado, además del "marco legislativo general". "No es incompatible, si alguna cree que por sus condiciones específicas tiene que elaborar algo, está en su derecho", ha matizado.

La idea de Cultura respecto a la prohibición de la reventa "habitual" de entradas gira en torno a que no se pueda vender tickets por un precio superior al coste original. Este modelo sería similar al aprobado en Francia, Bélgica o, en España, Galicia.

En el informe aprobado este martes, que recoge el resultado de una consulta pública en 2017, también se proponen otras medidas que se podrían aplicar en lugar de la prohibición, como la imposición al promotor de emitir entradas nominativas en conciertos "de gran afluencia"; establecer obligaciones de información precontractual o fijar un régimen de intervención administrativa, con un régimen sancionador.







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