Cortan el suministro del gas sin avisar a una granadina en situación de vulnerabilidad

El defensor del ciudadano de Granada, Manuel Martín, sostiene que la empresa suministradora no puede ejecutar esta acción

Imagen del corte del suministro de gas en la vivienda de Mari Trini | Foto: Remitida
Andrea Villalonga
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Este lunes, María Trinidad García, se asomó a la ventana de su casa y vio a un funcionario cortando el suministro del gas de su vivienda sin ser conocedora del suceso previamente. La granadina, de 57 años, que se encuentra en condición de vulnerabilidad debido a que su estado de salud le impide trabajar, solo dispone de 530 euros al mes para afrontar sus gastos y mantener a su hijo menor de edad. Dicho dinero lo obtiene gracias a un bono social de su pensión como persona catalogada como vulnerable.

'Mari Trini', así la llaman sus más allegados, se encuentra anonadada ante el desamparo que padece tras el corte a un servicio esencial como es el gas para poder vivir. Se enteró del suceso cuando le estaban arrebatando el servicio ya desde la fachada de su vivienda a las 18:00 horas, acción que podría considerarse ilegal por sus condiciones sociales, así lo afirma Manuel Martín, defensor del ciudadano de Granada. "El decreto le obliga a la empresa a no cortar el gas a personas en condiciones de vulnerabilidad", denuncia Martín.

Según comenta Manuel, el Consejo de Ministros aprobó en su momento alargar temporalmente tan solo una parte del conocido como 'escudo social', puesto en marcha para afrontar la crisis del Covid-19. "De esta forma, se mantendrá hasta el próximo 30 de junio, como mínimo, la prohibición de suspender el suministro de energía eléctrica, gas natural y agua a los consumidores en situación de vulnerabilidad", detalla.

Condiciones de una persona vulnerable

"Dichos consumidores son los que tengan reconocido el carácter de consumidor vulnerable, vulnerable severo o el riesgo de exclusión social; que requieren tener ingresos anuales de menos de 12.159,42 euros, en el caso de hogares sin hijos. Si hay un menor en la casa, los ingresos anuales del hogar no pueden sobrepasar los 16.212,56 euros, mientras que si son dos los niños el tope es de 20.265,7 euros", alega el defensor del ciudadano de Granada. Ingresos inferiores son los que le llegan a Mari Trini, considerándola indiscutiblemente como una consumidora vulnerable o con al riesgo de la exclusión social.

"La ley protege a las personas y unidades familiares en situación de riesgo de exclusión residencial frente a los cortes que puedan establecer las compañías suministradoras de electricidad, gas y agua potable por falta de pago. Por tanto, esto significa que estas empresas no podrán interrumpir los suministros cuando se producen impagos, cuando hay riesgo de exclusión residencial." declara Manuel Martín.

Una factura de 708 euros

Una ley que no ha cubierto a la mujer granadina que se encuentra todavía a la espera de respuestas. Y que además le han reclamado una factura estimada de 708 eurosDinero el cual no dispone por la condición de vulnerabilidad que padece y no deberían exigirle de todas formas según la ley que le ampara tras las declaraciones de Martín. Mari Trini asimismo denuncia que en su casa no se ha consumido dicho recurso como para tener que cobrar por tal suma de dinero, ya que a penas gasta al no tener calefacción, solo dispone de calentador para poder ducharse.

Aparte, Manuel Martín asegura que la interrupción del suministro de gas, (salvo por deficiente conservación de las instalaciones), se realiza por la empresa distribuidora y, se lleva a cabo de la siguiente forma: La distribuidora comunicará al cliente el corte con una antelación mínima de seis días hábiles. La comunicación debe contener la fecha prevista de suspensión del suministro y la causa que lo motiva. En el caso de Mari Trini denuncia que Ia compañía Iberdrola no le ha notificado el corte con la antelación mínima exigida, acto considerado ilegal.

Como margen de maniobra para Mari Trini según cuenta Manuel Martín, podrá recurrir en un plazo máximo de seis días, a la Administración competente de su Comunidad Autónoma, la cual resolverá sobre la suspensión en un plazo máximo de 20 días. Si no hay resolución, se entenderá desestimada. En este caso, si el cliente recurre, se paralizará el corte de gas hasta que se resuelva la reclamación.

Cerca de las 13:40 horas de este martes, Mari Trini intentó poner solución al asunto yendo a uno de los puntos de la compañía de suministros, señala que aún sigue sin gas y a la espera de que se lo vuelvan a instalar en las próximas 48 horas. Una acción que tacha como "reprochable" por parte de la empresa Iberdrola al dejar sin agua caliente a consumidores de carácter vulnerable en el caso de su persona, como privar de dicho servicio a un menor de edad.

La granadina argumenta que la factura estimada no le coincide ni con la factura del contador. También manifiesta que llamará a la Junta da Andalucía para ver cómo está la condición de su bono social. Esta vecina volverá a intentar ponerse en contacto con la asistenta social para ver si se pueden tomar cartas al asunto por otras vías. Aun así, Mari Trini sigue esperando a que su problema encuentre solución lo antes posible.







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