Condenado a cinco años por lesiones a su compañera, que cayó por la ventana al huir

No se ha probado si la caída de la mujer "para tratar de escapar" se debió a que él la empujó o a la "situación de estrés o miedo"

Real Chancillería de Granada
Parte de la fachada de la Audiencia de Granada | Foto: Antonio L. Juárez
Europa Press
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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a cinco años de prisión por lesiones, detención ilegal y quebrantamiento de condena a un hombre de 47 años al que inicialmente se acusaba de haber intentado matar a su compañera sentimental empujándola por una ventana saltándose una orden de alejamiento.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, no ve probada la tentativa de homicidio de la que se le acusaba pero sí el delito de imprudencia grave, con resultado de lesiones, por lo que le condena a un año y medio de cárcel, pues se ignora si la caída por la ventana de la mujer "para tratar de escapar del mismo y de la casa" en la que la retenía se debió a que él la empujó o a la "situación de estrés, o de miedo infundido o de indefensión" de ella.

A ello suma penas de un año de prisión por el delito continuado de quebrantamiento de condena, con la agravante de reincidencia, y de dos años y medio por otro de detención ilegal.

Este juicio no se pudo celebrar en una primera ocasión al no presentarse el acusado, hoy en prisión, contra el que el tribunal dictó entonces una orden de busca y captura.

Una vez localizado, la Audiencia de Granada celebró la vista, en que la Fiscalía elevó a definitivas sus conclusiones, pidiendo ocho años de prisión por supuestamente haber intentado matar a su compañera sentimental, con la que tiene dos hijos, empujándola por una ventana saltándose una pena de alejamiento.

Según se considera probado, el pasado 16 de junio de 2015, el acusado, "con plena conciencia y conocimiento" de una prohibición de acercamiento respecto de su quien había sido su pareja sentimental desde hacía muchos años, la llamó por teléfono "hasta en 18 ocasiones" entre las 10,53 y las 18,27 horas.

La mujer, de 42 años entonces, comió ese día con el acusado y la madre de éste en el domicilio de él en Maracena (Granada), volviendo sobre las 22,00 horas de esa noche.

"Una vez en la vivienda, el acusado cerró la puerta con llave y, al tiempo que le quitaba su móvil, le advirtió de que no la iba a dejar irse porque por la mañana avisaría a la Guardia Civil para que le sorprendieran allí", añade la sentencia.

En la noche en que sucedieron los hechos, el acusado y su supuesta víctima se acostaron cada uno en un dormitorio y, sobre las 2,30 horas de la madrugada, ella despertó a la madre de él "pidiéndole que le abriera la puerta para poder marchase".

Sin embargo, ésta "avisó a su hijo", quien "se levantó muy enfadado, insultándola" y "gritándole que no la iba a dejar salir, y que tenían que llevársela presa los guardias civiles", ante lo que ella, "asustada e inquieta por la actitud del acusado", se dirigió para pedir auxilio a la ventana del dormitorio, desde la que cayó a más de seis metros de altura.

Además de las penas de cárcel por cinco años, el acusado, quien había sido condenado previamente por sentencias firmes de 2009 por un delito de quebrantamiento, y de 2010 por delitos de quebrantamiento, amenazas y lesiones, ha sido condenado, en cuanto a la responsabilidad civil, a la indemnización a la víctima con 84.300 euros.







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