Piden cárcel para cuatro acusados de estafar a una empresa alemana cervecera

Los cuatro acusados serán juzgados el próximo 7 de abril en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada

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La Fiscalía de Granada ha solicitado penas de hasta siete años y medio de cárcel para cuatro acusados de estafar a una empresa cervecera alemana que les había concedido préstamos de un total de 60.000 euros para la mejora de los establecimientos hosteleros que regentaban a cambio de que le compraran sus productos.

Se trata de los procesados Gustavo A.V.A., que se enfrenta a siete años y medio de prisión, multas de 13.500 euros, por un posible delito continuado de estafa y otro de alzamiento de bienes, y de Luis M.P.P., Carmencina V.D.V.B., y su esposo Manuel M.S., para los que el fiscal pide dos años y medio de prisión por supuesta estafa. Los cuatro serán juzgados el próximo 7 de abril en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada.

Según consta en el escrito de acusación provisional del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, la empresa alemana Warsteiner se dedica a la fabricación de cerveza así como la posterior comercialización de sus productos en establecimientos de restauración mediante la celebración de contratos de suministro en los diferentes locales que demandan el consumo de la misma, contratos estos en los que, a modo de incentivo como descuento comercial adelantado, concede a sus clientes mediante transferencias bancarias préstamos de dinero con el fin de que realicen obras de mejora renovación en sus instalaciones.

Como garantía de la devolución de las cantidades prestadas, la empresa exige a sus clientes la entrega de los correspondientes avales bancarios y en el marco de su política comercial y promocional, la empresa cervecera realizó negociaciones y suscribió varios contratos.

En junio de 2009, cerró un contrato de suministro de cerveza y préstamo con el regente del llamado Café Selecto, el procesado Gustavo A.V., y le ingresó 20.000 euros para reformar y acondicionar el local. Sin embargo, el inculpado, transcurrido cierto tiempo desde la suscripción contractual escrita, y movido "por un evidente y manifiesto propósito de enriquecerse económicamente de forma injusta y en perjuicio de la empresa alemana y pese a ser conocedor de las obligaciones contraídas para con la mercantil", dejó de comprar la cerveza de tal entidad.

Por ello, la empresa le exigió la inmediata devolución de los 20.000 euros concedidos en préstamo, so riesgo de hacer ejecutar el aval bancario constituido, ejecución que finalmente se tuvo que llevar, si bien con infructuosos resultados, habida cuenta de que se descubrió que la entidad bancaria aportada, El Banco Comercial Ítalo-Dominicano, no existía ni estaba registrada ni como entidad extranjera autorizada a operar en España ni se trataba de una entidad nacional española.

Además, este inculpado procedió el 12 de junio de 2013 a la venta de un terreno respecto del cual ostentaba el 87 por ciento de su titularidad, consiguiendo así disminuir su patrimonio y a eludir el pago de sus obligaciones para con su acreedora.

Por otra parte, el 28 de julio de 2009 Warsteiner suscribió con los responsables del Café Restaurante Bamboe, en Churriana de la Vega, los inculpados Carmencina V.D.V.B., y su esposo Manuel M.S., contrato que incluía un préstamo de 40.000 euros. Sin embargo, los dos, "de común acuerdo y previamente concertados para ello", concertaron aval con el mismo banco que el anterior procesado, que aparecía suscrito por el cuarto implicado, Luis M.P. Tiempo después, el café dejó de consumir la cerveza alemana, incumpliendo las condiciones contractuales pactadas, de manera que Warsteiner rescindió el contrato y reclamó el importe prestado, aunque se vio en la misma circunstancia anterior.

En definitiva, el fiscal considera que los cuatro procesados, "concertados entre sí y guiados por el ánimo de lucro ilícito, aparentando y haciendo creer a la empresa que disponían de solvencia y medios para garantizar la devolución de los préstamos en caso de incumplimiento de las condiciones contractuales pactadas, procedieron a estampar en los documentos bancarios datos no coincidentes con la realidad, con el consiguiente perjuicio que todo ello generó a la empresa alemana, quien reclama por los importes perdidos.







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