La Audiencia acuerda que continúe la investigación sobre la adjudicación de la Casa Ágreda

Tendrán que testificar del exconcejal de Patrimonio Eduardo Caracuel y declarar como investigados de tres técnicos municipales, entre ellos un arquitecto y la viceinterventora del Ayuntamiento de Granada

casa agreda 3 Portada
Casa Ágreda | Archivo GD
EP
0

La Audiencia de Granada ha acordado que continúe la investigación en torno a la adjudicación de la Casa Ágreda, un asunto por el que en su día declaró como investigado el que fuera alcalde de la ciudad, José Torres Hurtado (PP), para que se practiquen las diligencias que quedaron pendientes cuando se archivó la causa, entre ellas una pericial, la toma de declaración de algunos testigos y de varios técnicos municipales en calidad de investigados.

De este modo, la Sección Primera de la Audiencia ha estimado parcialmente el recurso presentado por la acusación popular que ejerce Ramón Arenas contra el auto del Juzgado de Instrucción 9 de Granada que archivó la causa y que ahora queda sin efecto.

El tribunal toma esta decisión al entender que a tenor del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento y de las declaraciones de los imputados, entre los que también se encontraba la que fuera concejal de Urbanismo, Isabel Nieto, las supuestas irregularidades que se investigan "no pueden calificarse en este momento de poco trascendentes o nimias", según consta en un reciente auto al que ha tenido acceso Europa Press.

El objetivo de esta decisión es que se practiquen las diligencias que fueron acordadas por el juez instructor en el auto de incoación de diligencias previas, entre ellas una pericial; la testifical del exconcejal de Patrimonio Eduardo Caracuel y la secretaria de Urbanismo como testigos y la declaración como investigados de tres cargos municipales, entre ellos la viceinterventora del Ayuntamiento de Granada.

A la vista del resultado de las mismas, añade la Sala, el instructor de oficio podrá acordar la práctica de las demás diligencias que se estimen "pertinentes o útiles a la investigación", entre ellas, recibir declaración y determinar en qué calidad a los miembros de las Juntas de Gobierno Local en las que se tomaron decisiones relativas a la adjudicación del derecho de superficie de este inmueble patrimonial del siglo XVI situado en el Albaicín a la Federación de Agencias Internacionales para el Desarrollo.

La causa se abrió en virtud de la denuncia presentada por la Fiscalía por la presunta comisión de los delitos de tráfico de influencias, prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos, sin embargo el juez instructor archivó las diligencias al entender que el proceso se ajustó a la normativa vigente y que la operación "no había quebrado el interés legítimo de los ciudadanos".

Contra esta decisión recurrieron las dos acusaciones populares personadas en el procedimiento, el grupo municipal de Vamos Granada y el empresario Ramón Arenas pidiendo que continuara la tramitación de la causa por considerar que el archivo era "prematuro", aunque la Fiscalía de Granada sí se mostró conforme con la decisión del juez.

La Audiencia Provincial entiende que entre otros asuntos es necesario aclarar si se produjo un cambio de competencias para tramitar este expediente desde el área de Urbanismo en vez desde Patrimonio y si se pretendió "apartar" al concejal del área, Eduardo Caracuel, "que no era partidario de la opción elegida" para la cesión del inmueble.

El tribunal también aboga por aclarar las "sustanciales diferencias" que se produjeron en tasaciones anteriores del inmueble frente a la que se efectuó para este expediente, así como aspectos vinculados a la figura jurídica de cesión del derecho de superficie con opción de compra por la que se optó para la Casa Ágreda.

La Audiencia rechaza no obstante atender a la petición formulada por la representación de Ramón Arenas de que se repitan todas las declaraciones y junto a ello desestima el recurso de apelación interpuesto por Vamos Granada, al entender que el grupo municipal carece de personalidad jurídica y tendrán que ser sus componentes a título individual quienes ejerciten la acción si lo estiman conveniente.







Se el primero en comentar

Deja un comentario