Juzgan a un acusado de quedarse con 125.000 euros de pisos vendidos que no ejecutó

A día de hoy, según la Fiscalía, el procesado sólo ha edificado el 24 por ciento de la obra comprometida, sin que haya procedido a la devolución de las cantidades entregadas

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Audiencia Provincial de Granada | Foto: Archivo
E.P.
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La Sección Primera de la Audiencia de Granada acoge desde hoy el juicio contra un promotor inmobiliario acusado de quedarse con más de 125.000 euros que le entregaron los compradores de unos pisos en Granada que no llegaron a construirse, hechos por los que se enfrenta a una petición fiscal de seis años de prisión y multa de 4.800 euros.

Según consta en el escrito de acusación del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, el inculpado, de iniciales F.J.A.C. y 48 años, suscribió, en representación de la entidad Prodaimuz, de la que era su único administrador, una serie de contratos para la venta de 12 pisos que debían resultar de la división de la finca que la sociedad tenía en Granada capital "con la finalidad de obtener un beneficio patrimonial ilícito".

Concretamente, el día 27 de febrero de 2007 formalizó un contrato de paga y señal de arras con un matrimonio para la adquisición de un piso de la calle Hospital Santa Ana en el que se fijaba el precio de venta en 243.445 euros, del que los afectados entregaron un total de 73.037 euros.

El 20 de marzo suscribió un contrato de igual naturaleza con otro matrimonio en el que se acordó la venta del piso en 282.213 euros, del que entregaron 52.600 euros. El mismo día firmó con otro hombre otro contrato para la adquisición de otro piso por 192.281, del que entregó 36.000 euros.

A día de hoy, según la Fiscalía, el procesado sólo ha edificado el 24 por ciento de la obra comprometida, sin que haya procedido a la devolución de las cantidades entregadas, que no fueron avaladas, ni a la resolución de los contratos suscritos.

Tampoco se pueden concluir los trabajos de construcción, ya que ha caducado la licencia por acuerdo de la Gerencia de Urbanismo de Granada el día 6 de abril de 2010, por no haber atendido el acusado a los requerimientos efectuados para la subsanación de defectos, y por haber destinado el resto del crédito hipotecario que le fue concedido para la edificación al pago de otras responsabilidades.







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