Fiscalía pide prisión por extraer agua sin autorización en Doñana

Se trata de la primera acusación de las diez querellas remitidas por la Fiscalía de Sala

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Foto: Archivo GD
E.P
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La Fiscalía Provincial de Huelva ha solicitado tres años y diez meses de prisión para cada uno de los seis acusados de extraer agua sin autorización en Doñana en una finca ubicada en Almonte, conocida como 'La Borrachuela', y cuya causa está instruyendo el juzgado de Instrucción número 3 de La Palma del Condado.

El fiscal considera que estos hechos constituyen un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente, causando perjuicio grave al equilibrio de los sistemas naturales. Alternativamente, señala que para el caso de no apreciarse en el comportamiento de los imputados la concurrencia de una situación de grave incidencia en el equilibrio del sistema natural, constituiría un delito continuado de distracción de aguas.

Se trata de la primera acusación de las diez querellas remitidas por la Fiscalía de Sala. Según ha podido confirmar Europa Press, el fiscal advierte que "la conducta punible" de los acusados se centra en las extracciones realizadas en la finca 'La Borrachuela', teniendo una superficie de 150 hectáreas y siendo propiedad de la sociedad que a su vez cedía la explotación de las misma a otras tres empresas. Esta finca está situada en la cabecera del Arroyo de la Rocina, "siendo los aportes del arroyo al acuífero de gran importancia para la marisma de Doñana".

Además de la petición de prisión para los acusados, el fiscal solicita el pago de multas de unos 12.000 euros por cada uno de los acusados y de 24.000 por cada una de las empresas para indemnizar a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, además de solicitar el precinto de los pozos ilegales.

Las empresas explotadoras "han estando utilizando agua subterránea del acuífero 27 para sus respectivas actividades agrícolas", sin que conste autorización alguna por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) que ampare dicha extracción, ni a favor del titular de las tierras ni de los que la explotan. Estas extracciones se llevaron a cabo en el periodo de 2009 a 2012, por lo que se ha producido "una detracción ilegal y sistemática de agua del acuífero" por parte de estas empresas que se dedicaban al cultivo de la fresa y el arándano.

BENEFICIOS ECONÓMICOS

En concreto, una de las explotaciones ha dedicado en este periodo siete hectáreas de terreno a la frambuesa y tres al arándano, ocupando un total de 50. En esta superficie se hallan cuatro pozos, estando solo dos en activo, los cuales tienen motobomba sumergida y, según refirió la empresa, estaban en trámites de legalización si bien se construyeron hace 20 años. A su vez, dispone de una balsa en funcionamiento que recibe el agua de los pozos activos.

Según los volúmenes propuestos por la Fiscalía, los responsables de esta explotación obtuvieron en este periodo un beneficio derivado de la extracción ilegal de 18.427,85 euros, mientras que, según los volúmenes propuestos por el Real Decreto 670/2013 de Dominio Público Hidráulico, se obtuvo un beneficio de 32.734 euros.

La segunda explotación dedicó en este mismo periodo seis hectáreas al cultivo de la frambuesa, hallándose cuatro pozos en activo en la superficie cultivada por esta empresa y una balsa en funcionamiento que recibe el agua de los pozos activos y que estaba en trámites de legalización.

Según los volúmenes propuestos por la Fiscalía, los responsables obtuvieron en este periodo un beneficio derivado de la extracción ilegal de 14.831 euros, mientras que, según los volúmenes propuestos por el Real Decreto 670/2013 de Dominio Público Hidraúlico, el beneficio fue de 24.551 euros.

Por último, la tercera explotación agrícola ha dedicado en este periodo unas siete hectáreas al cultivo de la frambuesa, ocupando una parte del término municipal de Almonte de 40 hectáreas de extensión. En la superficie cultivada se hallan tres pozos en activo y una balsa en funcionamiento que recibe el agua de los pozos activos estando, según se refiere, por un trabajador de la finca en trámites de legalización.

De igual manera, según los volúmenes propuestos por la Fiscalía, los responsables de la misma obtuvieron en este periodo un beneficio derivado de la extracción ilegal de 15.494 euros, mientras que, según los volúmenes propuestos por el Real Decreto 670/2013 de Dominio Público Hidráulico, obtuvo un beneficio de 24.551 euros.

Cabe recordar a su vez que, por auto de fecha de noviembre de 2014, se acordó por el Juzgado de Instrucción la medida cautelar de precinto de los pozos ilegales, medida que fue sustituida por la Sala en auto de fecha julio de 2015 por una medida cautelar menos gravosa consistente en la instalación de un contador en cada pozo a costa de los acusados así como control de que no había otras vías de extracción de agua y lectura de contadores periódicamente por el Seprona.

AUTORIZACIÓN DE LA CHG

El fiscal recuerda que la extracción de agua subterránea de la cuenca requiere autorización que concede la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, teniendo en cuenta la disponibilidad del recurso en función del balance hídrico, en el que también se debe considerar el caudal ecológico o de mantenimiento, de manera que el volumen total de agua extraído no sea nunca superior al disponible en el conjunto de la unidad hidrográfica. Es por ello necesario un conocimiento preciso de las entradas y salidas de agua del acuífero, por lo que su detracción sin autorización contribuye a alterar los principales valores del Parque Natural, comprometiendo su futuro.

Los hechos han tenido lugar en la zona de influencia del Parque Nacional de Doñana, así declarado en 1962 y reconocido como uno de los humedales de mayor valor del mundo, incorporado a la Lista de Humedales de Importancia Internacional (Ramsar) desde 1982, estando el parque amparado por varias figuras de protección a nivel nacional e internacional.

En la comarca de Doñana se localiza el acuífero 27 'Almonte-Marismas', que comprende dos unidades hidrológicas. Se trata de un acuífero detrítico de grandes dimensiones --unos 2.500 m--, con una zona libre delimitada por las arenas, y una zona confinada, bajo la marisma, que tiene una gran relevancia medioambiental y humana, pues alimenta al Parque Nacional.

En el parque, el agua subterránea juega un papel esencial tanto para la generación y mantenimiento de medios naturales muy diversos y ecológicamente valiosos, como para la subsistencia y desarrollo de una población, que depende casi enteramente del agua subterránea para su abastecimiento y para el regadío.







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