Familias de fallecidos en el accidente de Húetor piden ser oídos por la Audiencia

El suceso tuvo lugar en 2008

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Los familiares de los tres jóvenes de 15, 17 y 21 años que fallecieron en un accidente de tráfico en el verano de 2008 en Huétor Santillán  han solicitado formalmente ser oídos por los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia de Granada que tendrán que decidir sobre el indulto a su responsable, contra el que ellos se muestran en contra.

Este trámite se produce después de que el Tribunal Supremo (TS) revocara parcialmente el inicial indulto que se le concedió a Rafael H.G. entendiendo que debió ser la Audiencia y no el Juzgado de lo Penal 2 de Granada el órgano que tenía que haber emitido el informe correspondiente que sirvió al Ministerio de Justicia para acordar el 21 de diciembre de 2012 que la pena de tres años y tres meses de cárcel a la que fue condenado, se le debía conmutar por otra de dos años de prisión --por lo que no ingresaría en un centro penitenciario al no tener antecedentes--, 15 días de trabajo en beneficio de la comunidad y una multa.

Según ha informado a Europa Press el abogado de las familias, Manuel M. Ocaña, del despacho Lemat Abogados, la Audiencia cuenta ya con los informes necesarios para tomar su decisión, pero no ha oído a los padres, como establece la ley, "bajos los principios de oralidad e inmediación que predominan en las actuaciones judiciales de naturaleza penal".

El letrado ha señalado que hay trámites judiciales que, al resultar de carácter personal, precisan de la "audiencia real y física" de los afectados, porque son "actos con voz y alma propia"; y por tanto no pueden relegarse a un "mero escrito presidido por un sello registro y con una anodina tramitación".

Tras la realización de este trámite, si la Audiencia Provincial no acuerda incorporar más informes, el expediente judicial --con la correspondiente dictamen favorable o desfavorable a la concesión del indulto-- estará ya listo para la decisión que en su caso adopte al respecto el Consejo de Ministros, a propuesta del nuevo ministro de Justicia, Rafael Catalá.

Tras la sentencia del Supremo, las familias presentaron un escrito ante la Audiencia, solicitando, entre otras cosas, que se anulara la suspensión de la pena privativa de libertad al condenado, teniendo en cuenta que, antes del indulto, había sido condenado por la propia Audiencia a tres años y tres meses de cárcel.

Sin embargo, la Sección Primera, en una breve providencia, de fecha 1 de abril, consideró que "no ha lugar" a lo solicitado por las familias de los fallecidos y se limitó a responder que sólo le compete formular un informe en lo que se refiere a la concesión del indulto solicitado por el penado.

Rafael H.G. fue condenado en primer lugar por el Juzgado de lo Penal número 2 de Granada a dos años y medio de cárcel por el accidente de tráfico que tuvo lugar en Huétor Santillán (Granada) en el verano de 2008, en el que murieron los tres jóvenes, que viajaban junto a él en el mismo vehículo.

Según la sentencia, circulaba a más de 120 kilómetros por la vía cuando la velocidad estaba limitada a 40, y una suma de circunstancias provocaron que perdiera el control del coche y chocara contra un camión de la basura que se encontraba en el arcén de la carretera, bien estacionado.

Tras ser apelada la sentencia, la Audiencia elevó la pena a tres años y tres meses de cárcel, pero el condenado pidió el indulto. Entonces, el Ministerio de Justicia remitió el expediente al presidente de la Audiencia de Granada, pero desde esa instancia judicial, a quien correspondía emitir el informe preceptivo por haberse convertido en tribunal sentenciador --ya que había elevado la pena inicialmente impuesta--, se reclamó el dictamen al Juzgado de lo Penal número 2.

La sentencia del TS ha señalado con posterioridad que esa irregularidad "no fue imputable" al Ministerio, puesto que se dirigió a la Audiencia Provincial, que fue la que posteriormente la envió al Juzgado de lo Penal, cuya titular emitió informe favorable al indulto parcial.







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