En la campaña de velocidad de agosto el 6,63% de los vehículos han sido multados

Un total de 606 conductores han sido denunciados, de los 9.138 vehículos controlados en la provincia de Granada

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Operación retorno agosto 2016 | Foto: Archivo GD
Gabinete
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La Dirección General de Tráfico ha hecho público el número de vehículos controlados y denunciados por exceso de velocidad en la provincia de Granada. Los datos corresponden a la operación "retorno" del mes de agosto.

En cumplimiento de la programación de las campañas y operaciones de vigilancia y control para el año 2016, llevada a cabo por la Dirección General de Tráfico y con el fin de lograr una reducción de la cifra de víctimas como consecuencia de los accidentes de circulación, entre los días 22 y 26 de agosto se ha desarrollado una campaña especial de vigilancia y control de la velocidad y concienciación.

Los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han llevado a cabo una intensificación de controles de velocidad, en la que se ha controlado la velocidad de
9.138 vehículos. De estos vehículos controlados resultaron denunciados por exceso de velocidad 606 conductores, que representa el 6,63 %.

¿POR QUÉ LA CAMPAÑA DE VELOCIDAD?

Con independencia de que la velocidad incrementa la gravedad de las lesiones en caso de accidente, incluso en ocasiones, es causa determinante de la muerte, diferentes estudios han demostrado que:

Llevar una velocidad adecuada podría evitar prácticamente una cuarta parte de los muertos en accidente de tráfico en nuestra provincia.

En el caso de los accidentes mortales, en un 22% de ellos se apreció que la velocidad fue un factor concurrente en el accidente.

Según las conclusiones del estudio de Nilsson (power model) sobre la velocidad, una reducción del 5 % en la velocidad media supone una reducción aproximada del 10 % de los accidentes con heridos y del 20 % de los accidentes mortales. A sensu contrario, un aumento del 5 % en la velocidad media supone un aumento aproximado del 10 % de los accidentes con heridos y del 20 % de los accidentes mortales.

El riesgo de fallecimiento de un peatón como función de la velocidad de colisión de un vehículo:

Grafica 1 DGT agosto 2016

A partir de 80 km/h es prácticamente imposible que un peatón se salve en un atropello. A una velocidad de 30 kilómetros por hora, el riesgo de muerte del peatón se reduce al 10%.

A 120 kilómetros por hora necesitamos para detenernos una distancia superior a un campo de fútbol. (La distancia necesaria para la detención de un vehículo es de 15 metros a 50 km/h, de 44 metros a 80 km/h, de 70 metros a 100 km/h y aumenta hasta 103 metros a 120 km/h).

Grafica 2 DGT agosto 2016

El exceso de velocidad no sólo incide en la seguridad vial, también incide sobre el medio ambiente, la calidad de vida y el consumo de combustible.

A velocidades elevadas los cinturones de seguridad pierden buena parte de su efectividad.

ÚLTIMAS CAMPAÑAS DE CONTROL DE LA VELOCIDAD*

Grafica 3 si DGT agosto 2016

¿QUÉ DICE LA NORMATIVA?

CÓDIGO PENAL
La última reforma del Código Penal tipifica como delito contra la seguridad vial rebasar los límites establecidos con excesos de 60 km/h en ciudad y de 80 km/h en carreteras. Por lo que los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil están en la obligación de abrir diligencias y poner a disposición judicial a aquellos conductores que incurran en estas conductas al ser detectados circulando a más de 110 km/h en zonas urbanas o travesías, a 200 km/h autovías y autopistas y a 170 o180 km/h en el resto de carreteras según que el límite establecido sea de 90 o 100 km/h.

Los conductores detenidos pueden ser condenados a las siguientes penas:
DELITOS CONTRA SEGURIDAD TRÁFICO (Código Penal art.379 y siguientes)

Grafica 4 DGT agosto 2016 s

PERMISO POR PUNTOS

El sistema de permiso de conducir por puntos contempla la pérdida de entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción, dependiendo del exceso de velocidad cometido.

La norma general dice que la velocidad debe ser la adecuada:

- a los límites establecidos.
- a las propias condiciones psicofísicas del conductor.
- a las características y al estado del vehículo.
- a la vía y a las condiciones meteorológicas y ambientales de la circulación.

En la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación (artículos 48 a 54), que la desarrolla, se fija la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamientos y distancias entre vehículos.

El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros.

En el año 2.015, por circular con exceso de velocidad por las carreteras de nuestra provincia, se han realizado un total 47.567 denuncias, de éstas 11.149 han dado lugar a sanciones con detracción de puntos, con un total de 24.584 puntos detraídos.







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