El vicio de la judicialización de la vida política

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Lanjarón, Iznalloz, Castril… son municipios granadinos que de una y otra forma han sido actualidad en los últimos días bajo un denominador común: en los tres casos sus alcaldes habían sido acusados por la oposición de todo un catálogo de delitos que los tribunales han archivado, en alguno de ellos sin entrar siquiera en instrucción. No son los únicos casos en la provincia ni en la política española en general, pero el hecho de que en los tres casos aparezcan los dos grandes partidos, PP y PSOE, intercambiando papeles de acusadores y acusados bien podría ser la ocasión para establecer un punto de reflexión que, al tiempo, resultase de inflexión en uno de los vicios más acusados de la política: la judicialización.

Prevaricación, falsedad en documento público, malversación de caudales públicos, falsedad… Contrataciones con fine electoralistas… De todo eso hemos sabido estos días en que las decisiones judiciales de archivo de causas nos han retrotraído al momento de la denuncia, de unas denuncias que solo buscaban el titular gratuito y grandilocuente y que -reconozcámoslo también- se abrieron paso en periódicos, radios y webs cuando tal vez no resistían un suave análisis. O el esperpento de aquel partido que convocó rueda de prensa para denunciar la citación judicial de una alcaldesa a sabiendas de que todos los contenidos de la denuncia se habían aclarado y la comparecencia en el juzgado no tendría lugar.

Hemos leído en los autos de archivo cómo se habla de acusaciones basadas en simples rumores sin confrontar o que, en todo caso y de haberse producido los hechos denunciados se reducirían a una mera falta administrativa. Una denuncia por esta vía de lo Contencioso no hubiera tenido recorrido en las portadas y por eso se elige el grueso calibre de la acusación que solo busca el titular periodístico.

Así, la política y los políticos han trivializado hasta tal nivel las denuncias judiciales que en ocasiones los jueces enmarcan las descalificaciones que rozan la injuria y calumnia en una ‘normalidad’ que nunca debió ser aceptada como normal: la crítica política, siempre legítima y noble cuando se ajusta a los medios y fines que justifican el juego democrático en el que se inserta.

Así ocurrió en el primer juicio contra una diputada provincial del PP que fue alcaldesa de un significado municipio, quien calificó al ex gerente de Visogsa de “farándula y pandereta” en una gestión marcada por “el despilfarro”, con gastos suntuosos y particulares cargados a la tarjeta de la empresa pública y haberse asegurado un contrato blindado. La diputada habló en rueda de prensa ‘por boca de ganso’, es decir apelando a una documentación que algún ‘lumbrera’ le puso encima de la mesa. Solo que… no eran ciertas las acusaciones.

La Audiencia Provincial ha revocado ahora aquella sentencia absolutoria y condena a la ex alcaldesa. Quien ha recurrido, a su vez, al Supremo. El juzgado de lo Penal entendía que aquellas injurias eran propias de la confrontación entre partidos y no suponían “nada extraordinario" en un contexto de "podredumbre política" en el que son "una constante" conductas como "la descalificación gratuita, el sectarismo o los simples insultos". La Sección Primera de la Audiencia Provincial, en el mismo contexto, disiente de tal argumentación y considera que existieron comentarios que “no fueron acreditados” y excedieron la crítica política, constituyendo “un ataque personal al ex gerente”.

En ningún momento se acreditaron las acusaciones, mientras que se intentó demostrar sin éxito que realizaba gastos suntuosos sin éxito. La Audiencia subraya que la diputada reconoció en el juicio oral haberse equivocado, pero este reconocimiento no se hizo antes ni, por supuesto, se le dio la publicidad y difusión que sí se dieron a la acusación. Un desprecio claro a la verdad, concluye la sentencia que -confiemos, sin mucha fe, todo sea dicho- sirva como punto de partida para erradicar de la vida política este vicio que solo busca acríticamente el desgaste del adversario político.







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