El PSOE cree que las viviendas junto a Cervezas Alhambra fueron una "irresponsabilidad" tras el fallo contra Emuvyssa

El Juzgado de Primera Instancia número 15 de Granada obliga a Emuvyssa a devolver los más de 160.000 euros que una mujer pagó por su vivienda, por su falta de aislamiento contra los ruidos de la fábrica

Miguel Ángel Fernández Madrid, en rueda de prensa
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El grupo del PSOE en el Ayuntamiento de Granada ha considerado este lunes que las viviendas construidas por la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (Emuvyssa) en las inmediaciones de Cervezas Alhambra constituyeron "una grave irresponsabilidad" por parte del alcalde, José Torres Hurtado, que "parece ser el único que no se entera de que aquella zona tiene la catalogación de industrial desde que a comienzos del siglo pasado la factoría cervecera decidiera levantar ahí su planta de producción".

Así se ha pronunciado en rueda de prensa el concejal socialista Miguel Ángel Madrid después de que el Juzgado de Primera Instancia número 15 de Granada haya obligado a Emuvyssa a devolver los más de 160.000 euros que una mujer pagó por su vivienda por considerar que su falta de aislamiento acústico la han hecho "claramente inidónea" para habitar en ella, ya que padece los ruidos que emite la planta granadina de Cervezas Alhambra.

Madrid ha recordado que su grupo "ya denunció en su momento que las viviendas construidas por el Ayuntamiento en la zona de las Cervezas Alhambra constituían una grave irresponsabilidad" y ha criticado "la forma que tiene el PP de proteger y salvaguardar los elementos más importantes de la marca Granada y de las empresas que más renombre le dan fuera de nuestras fronteras", que es, "como poco, bastante singular".

Según ha incidido, por un lado, "no atiende las reclamaciones de Puleva para que le arregle el acceso por el Camino de Purchil, cosa que rechazó, a pesar de que el PSOE lo pidió en el Pleno; y ahora culpando a la empresa cervecera de ocasionar problemas a unos vecinos que si están allí es precisamente porque Torres Hurtado dio licencia para levantar unas viviendas donde lógicamente no se debía. Ya sabemos que al PP se le da muy bien eso de matar un asunto y cargarle el muerto a otro".

LA SENTENCIA

En la sentencia, publicada este fin de semana por Europa Press, la magistrada Mónica Roche considera que en este caso, que se llevó a juicio el pasado 9 de junio, ha resultado "acreditado", según los informes periciales emitidos, que el aislamiento de la vivienda de la afectada en la fachada del dormitorio pequeño y salón no es conforme con la normativa vigente, por lo que el "incumplimiento" del contrato de compraventa suscrito con la empresa de vivienda "es patente".

De hecho, incide en que las deficiencias de aislamiento "han provocado una clara inhabilidad de la vivienda para habitar en ella", e incide en que prueba de ello son los problemas médicos que como consecuencia del ruido su inquilina ha padecido, entre ellos una crisis de ansiedad con secuelas consistentes en síndrome de estrés postraumático que requiere tratamiento con ansiolíticos.

Por ello, la juez accede a la pretensión de la demandante para resolver el contrato de compraventa que suscribió con Emuvyssa, y le obliga a ésta a restituir a la mujer el precio abonado por la vivienda, que ascendió a 160.524,47 euros.

Sin embargo, no admite la petición de la afectada para que la empresa le abone además otros 13.245 euros más, en concepto de daños y perjuicios, teniendo en cuenta que tuvo que introducir mejoras en su residencia para intentar paliar los ruidos, ya que ninguno de los gastos aportados se encuentran relacionados con la contravención de la demandada de sus obligaciones contractuales.

Así, finalmente estima parcialmente la demanda interpuesta por la mujer contra Emuvyssa, declarando resuelto el contrato de compraventa de la vivienda adquirida mediante escritura pública de fecha 22 de diciembre de 2010, y condenando a la empresa a reintegrarle la cantidad satisfecha como precio de la venta, en una resolución contra la que cabe la interposición de recurso de apelación.

Este caso, que ha defendido el despacho de abogados García & Valdivia Abogados SCP, con el letrado Víctor M. García García, se produce además después de que la misma afectada lograra que la Audiencia de Granada condenara a Cervezas Alhambra a indemnizarle con 18.000 euros por los ruidos que emite su fábrica en Granada capital, ordenando además a la compañía a evitar inmisiones acústicas por encima de los niveles mínimos establecidos por la normativa desde sus instalaciones.







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