El ébola en los juzgados

Dieciocho doctores del Servicio de Medicina Intensiva de La Paz han denunciado un posible delito contra la salud pública y la seguridad de los trabajadores por las condiciones en las que se han afrontado los posibles casos de Ébola.

ébola
Captura del virus
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El virus del Ébola se reconoció por primera vez en 1.976 en el Río Ébola, que da nombre al patógeno, situado en la República Democrática del Congo. El pasado 2.013 un niño de dos años, habitante de Guéckédou, se contagió del mismo contaminando después a su madre, hermana y abuela. Todos murieron. Sin embargo la guadaña se ha encargado de continuar segando almas de manera que estas primeras víctimas han dado inicio a una cadena infecciosa que, en cifras de la OMS, ha contagiado a 7.492 personas de las cuales 3.439 ya han fallecido.

La mañana del 7 de Octubre España entera se hizo tributaria del Ébola al anunciarse que Teresa Romero, auxiliar de enfermería que había asistido al fallecido misionero Manuel García Viejo, estaba emponzoñada por este mal, siendo la primera vez que esto ocurría fuera de África. Muchos han sido los días en los que el estado de alerta ha estado presente en todo el mundo, pero afortunadamente a día de hoy la auxiliar está fuera de peligro. Sin embargo el asunto no termina ahí, pues el Ébola ha tocado a la puerta de los Juzgados. Dieciocho doctores del Servicio de Medicina Intensiva de La Paz han denunciado un posible delito contra la salud pública y la seguridad de los trabajadores por las condiciones en las que se han afrontado los posibles casos de Ébola. Nuestro Código Penal regula estos delitos en el Título XVII (De los delitos contra la seguridad colectiva), Capítulo III (De los delitos contra la salud pública). Después de ser descritos en el artículo 359 y siguientes, establece el artículo 369 que “se impondrá la pena superior en grado cuando el culpable fuere autoridad o funcionario público, facultativo, trabajador social, docente o educador y obrase en el ejercicio de su cargo, profesión u oficio”.

Los denunciantes han alegado que los trajes de bioseguridad no eran apropiados y que la formación y el entrenamiento del personal ha sido muy escasa (una charla de 45 minutos). Igualmente presentan su inconformidad ante la falta de ampliación de las esclusas puesto que su escaso tamaño dificulta la purificación del personal. Manifiestan quejas también por la ausencia de medios para tratar a los contagiados y exponen la temeridad que bajo su punto de vista supone ingresar a este tipo de enfermos en un hospital como La Paz, el cual no está preparado aumentando exponencialmente los riesgos de contagio. El Sindicato de Técnicos de Enfermería también ha presentado denuncia ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por “diversos delitos derivados de las acciones y omisiones atribuibles a los responsables políticos”.

La Jueza de Instrucción nº 21 de Madrid, ha abierto Diligencias Previas admitiendo que “los hechos que resultan de las actuaciones presentan las características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal” por lo que ha pedido al Hospital La Paz diversa información sobre las medidas adoptadas, formación prestada al personal y listas con los profesionales expuestos al virus.

La Exposición de Motivos del Código Penal manifiesta que éste “ha de tutelar los valores y principios básicos de la convivencia social”. En ello confían los ciudadanos.







Comentarios

Un comentario en “El ébola en los juzgados

  1. Una charla de 45 minutos y mientras tanto con los cursos de formación sacándonos el dinero a todos los españoles.

    Sin embargo cuando hay que gastarse el dinero en un curso en condiciones que puede condicionar la salud pública los politicuchos inmundos que tenemos no prestan atención.

    Aquí tenemos otro ejemplo de la nefasta gestión del dinero público. Nefasta gestión capitaneada por individuos sin formación, sin ética y con un objetivo muy bien definido: hacerse ricos con el dinero de todos.

    Saludos

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