Desestiman el recurso de la madre maltratada de Maracena obligada a devolver a sus hijos a su ex

El Juzgado ha ordenado la "inmediata restitución" de sus dos hijos, de once y tres años, a Italia con su padre, condenado en 2009 por maltratarla

Guardia-Civil-Juzgados-Caleta
Juzgados de Granada
E.P.
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La Audiencia de Granada ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Juana Rivas, la mujer de Maracena (Granada) a la que el Juzgado ha ordenado la "inmediata restitución" de sus dos hijos de once y tres años a Italia con su padre, condenado en 2009 por maltratarla.

Esta sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso Europa Press, se produce después de que ya la Fiscalía y la Abogacía del Estado se opusieran al recurso presentado por Juana Rivas contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 3 de Granada que ordenó que los menores fueran devueltos al domicilio del padre en Calafonte (Italia) y condenó a la mujer a pagar las costas del procedimiento.

La causa se inició mediante una demanda de la Abogacía del Estado sobre devolución de menores transmitida por la Autoridad Central de Italia respecto a los niños, al entender que habían sido "sustraídos" por la madre.

La Audiencia comparte esta teoría en su sentencia, afirmando que Juana Rivas "aprovechando un permiso en España, dejó de trasladar a los hijos donde tenían su residencia, donde vive el padre y están escolarizados, y tomándose la justicia por su mano como vulgarmente se dice, los trajo a España".

La Sala argumenta que "no cabe tomarse la justicia por propia mano, salvo en los excepcionales supuestos en que la ley lo autoriza" y los menores, "hijos de la apelante, y no lo olvidemos también de su padre --según se remarca--, residen en Italia, desde el año 2013, el menor desde su nacimiento, y están sujetos a las normas de aquel país, y las de derecho Internacional que se concretan en el Tratado de Roma".

Añade la sentencia que, de acuerdo a las pruebas obrantes en los autos, los hechos alegados y los actos propios de la madre, así como del padre, todo ello en su conjunto, "permite concluir que la restitución no supone ni acredita que los menores queden expuestos a peligro físico o psíquico grave, ni a una situación intolerable".

Juana Rivas ha anunciado su pretensión de recurrir esta sentencia, contra la que caben recursos de casación o infracción procesal, para evitar que sus hijos tengan que volver a Italia con su padre, al asegurar que los niños han presenciado los episodios violentos durante estos años y no quieren volver con su progenitor, especialmente el mayor.

Afirma además que, debido a esta situación, tuvo que "escapar" de la pequeña isla de Carloforte donde vivía con su expareja, el cual fue condenado a prisión en 2009 por el Juzgado de lo Penal 2 de Granada por un delito de lesiones en el ámbito familiar, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

El asunto ha sido canalizado por el Centro de la Mujer de Maracena que, además de dar apoyo jurídico y social, ha puesto en marcha una petición en la plataforma 'Change.org' para que los hijos de Juana no regresen a Italia bajo la custodia de su padre tras la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada el pasado 14 de diciembre.







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