Condenado un empresario de hostelería en la capital a indemnizar a una limpiadora por "acoso sexual"

El hombre le habría hecho "regalos cosméticos, obligándole a vestir prendas determinadas y a acudir a dependencias del hotel, a solas" con él

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena del Juzgado de lo Social 7 de Granada a un empresario de la hostelería de la capital, que habrá de indemnizar con 25.000 euros por daños morales a una limpiadora por distintos episodios de "acoso sexual" en el ámbito laboral que le causaron ansiedad y depresión.

Según ha informado en una nota de prensa el despacho Martínez Echevarría Abogados, que ha representado a la trabajadora en este caso, esta camarera de piso también ha conseguido resolver la relación contractual con un finiquito de más de 13.500 euros.

El TSJA, como ha adelantado el diario Ideal este martes, rechaza el recurso interpuesto por el empresario contra la sentencia anterior, que le obligaba a indemnizar a la trabajadora por estos hechos ocurridos en 2016.

Por tanto, y según queda confirmado por el Alto Tribunal andaluz en su sentencia, consultada por Europa Press, la trabajadora, que realizaba tareas de limpieza en un hotel granadino, propiedad de una empresa inmobiliaria, sufrió durante un tiempo prolongado situaciones de "abuso de poder, incluso de acoso sexual por comentarios, gestos y hechos provocados" por el empresario.

Así, según han proseguido sus abogados, el empresario le habría hecho "regalos cosméticos, obligándole a vestir prendas determinadas y a acudir a dependencias del hotel, a solas" con él. En este sentido, "se produjeron una serie de situaciones que creaban una seria incomodidad a la trabajadora, ajena totalmente a su cometido laboral, y que causaron estados de ansiedad, angustia y depresión".

La trabajadora requirió de ayuda de profesionales de la salud que "confirmaron estos síntomas", así como de la psicología para "superar dichas situaciones". La psicóloga encargada del caso realizó un informe que fue clave para el proceso, en que exponía que, tras las exploraciones y las pruebas psicométricas, además de la lectura de la documentación clínica, la paciente presentaba sintomatología ansiosa depresiva, problemas de insomnio, o pesadillas recurrentes.

Se ha confirmado, a su vez, que, "en ningún caso, se produjeron manipulación de los síntomas, no habiendo ningún indicio de simulación", al ser "todo congruente con una situación de acoso sexual en el trabajo". A lo que se le añadía un cuadro de "hiperpreocupación" por su futuro laboral y el mantenimiento económico de su familia y su entorno.

La abogada encargada del caso, Patricia Bueno, ha remarcado que, "en estos casos, donde la precariedad laboral ya es un hecho, como el de las camareras de piso, el temor a perder el empleo lleva a situaciones que atentan contra la dignidad y moralidad de las personas, especialmente en las mujeres".

"En los hechos de este proceso, quedaron demostrados que además se produjeron efectos importantes en la salud de la trabajadora; de ahí que, además de la extinción de la relación laboral y su correspondiente finiquito, se expusiera una cuantiosa compensación por dichos daños morales", ha explicado Bueno







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