Condenado a ocho años de inhabilitación el exalcalde de Castril por prevaricar con una subvención

Se considera probado que en mayo de 2008 tuvo entrada en el registro municipal de Castril una solicitud de una prima hermana del entonces regidor del municipio

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El exalcalde de Castril José Juan López Ródenas
E.P.
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El Juzgado de lo Penal 4 de Granada ha condenado a ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público al exalcalde de Castril (Granada) José Juan López Ródenas (PSOE) por un delito de prevaricación administrativa al incluir a un familiar entre los beneficiarios de un programa de subvenciones para la rehabilitación de infravivienda sin cumplir los requisitos legalmente establecidos, permitiendo que obtuviera una ayuda de 36.119 euros.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se considera probado que en mayo de 2008 tuvo entrada en el registro municipal de Castril una solicitud de una prima hermana del entonces alcalde López Ródenas para acogerse al Programa de Transformación de Infravivienda de la Junta respecto a un inmueble propiedad de sus padres.

El magistrado expone que la solicitud se acompañó con un contrato de arrendamiento que "no respondía a la realidad", pues la vivienda se encontraba "deshabitada" y era requisito indispensable para acogerse al plan que el domicilio estuviera habitado.

Así, y "siendo conocedor" el por entonces alcalde de que su prima "no reunía los requisitos" para obtener la subvención, votó en un pleno celebrado el 19 junio de 2008 a favor del acuerdo por el que se aprobaba la relación definitiva de beneficiarios, entre los que se encontraba su prima.

Posteriormente se dio traslado de esta certificación para su aprobación definitiva por la Dirección General de Arquitectura y Vivienda permitiendo de esta manera que "obtuviera de manera indebida una subvención de 36.119 euros a cargo de la Administración autonómica que fueron destinados a la rehabilitación de la vivienda".

Así se expone en la sentencia, contra la que cabe recurso, y que también condena a López Ródenas al abono de las costas procesales de la acción popular, sin incluir en cambio las de la acusación particular ejercida por el Ayuntamiento de Castril.

El exregidor fue juzgado por este asunto a finales de enero ante el Juzgado de lo Penal 4 de Granada, donde negó haber prevaricado en tanto que su familiar "cumplía con todos los requisitos necesarios" y los técnicos avalaron el proceso. En la última fase del juicio la Fiscalía mantuvo su petición de ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público para él.

 







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