Arquitecto municipal niega irregularidades urbanísticas en Atarfe en un juicio sin el exalcalde

Según sostiene el fiscal, el 22 de abril de 2004, el Ayuntamiento firmó un convenio con los propietarios de los terrenos, la empresa Grupo Gestión y Dotación del Suelo S.L

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Residencia Entre Álamos
E.P
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El arquitecto municipal en el Ayuntamiento de Atarfe (Granada), que está acusado de un delito continuado de prevaricación ordinaria y otro de prevaricación urbanística en una operación vinculada con el cambio presuntamente irregular de la edificabilidad de unos terrenos del residencial Balcón de Cubillas, ha negado haber cometido una ilegalidad en este proceso urbanístico, durante la primera sesión del juicio celebrado en la Audiencia de Granada, al que no ha acudido el exalcalde, el socialista Víctor Sánchez, también inculpado.

El caso está sobreseído de forma provisional en lo que respecta a Sánchez por razones de salud, pero el tribunal de la Sección Primera ha decidido continuar adelante en lo relativo al arquitecto municipal, Luis G.G., rechazando además durante la vista la petición de su abogado de suspender el juicio por considerar que la ausencia del exalcalde "vulnera la tutela judicial efectiva".

La Fiscalía pide para ambos un total de 16 años de inhabilitación para empleo o cargo público y un año de prisión por la posible comisión de un delito continuado de prevaricación ordinaria y otro de prevaricación urbanística. Además, solicita que se declare la nulidad de todas las resoluciones contrarias a derecho en este caso, interesando asimismo la demolición de las viviendas construidas en la parcela afectada, todo ello "sin perjuicio de las indemnizaciones debidas a terceros de buena fe".

La parcela en cuestión constaba en las Normas Subsidiarias de Atarfe --revisadas en 1994-- con unos parámetros urbanísticos que establecían que los terrenos tendrían una altura máxima de edificación de dos plantas más ático y una parcela mínima de 400 metros cuadrados.

No obstante, según sostiene el fiscal, el 22 de abril de 2004, el Ayuntamiento firmó un convenio con los propietarios de los terrenos, la empresa Grupo Gestión y Dotación del Suelo S.L., que contenía estipulaciones "tendentes a conseguir el mayor lucro de la entidad promotora", mediante el incremento de la edificabilidad y densidad de viviendas, y con posterioridad, concretamente el 7 de marzo de 2006, se pactó definitivamente entre ambas partes la modificación "tipológica" de vivienda unifamiliar a residencial plurifamiliar.

El arquitecto municipal ha defendido durante el juicio que basó todos sus informes --como el emitido de forma favorable sobre el cambio de la tipología del suelo-- en las normas subsidiarias del planeamiento urbanístico de la localidad, concretamente en la número 41, que "aún sigue vigente".

Así, ha sostenido que nunca dudó de la legalidad de este proceso en tanto que lo permitía la norma y que no fue hasta 2007 cuando llegaron las primeras denuncias por el urbanismo municipal, sin que en ese tiempo la Junta de Andalucía apuntara a una posible irregularidad en similares procesos urbanísticos.

Ha garantizado que "nunca intervino ni tuvo participación" en los convenios urbanísticos que se realizaron ni "se puso de acuerdo con el exalcalde para llevar a cabo un desarrollo ilegal" de este plan parcial, añadiendo que, de acuerdo a la norma, en el cómputo total no se incrementa el aprovechamiento. Igualmente, ha sostenido que no se produjo con esta operación una "merma de los equipamientos municipales".

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

El perito que ha declarado durante el juicio ha sostenido que en esta operación se "aplicó de forma indebida" la norma subsidiaria para el cambio de tipología de las viviendas, lo que ha "arrastrado" otras modificaciones.

No obstante, ha opinado que el "procedimiento que rompió la legalidad" en todo este proceso fue la resolución de Alcaldía que impulsó Víctor Sánchez y en la que se hacen efectivas estas modificaciones.

El Ministerio Público sostiene que el entonces alcalde y el arquitecto decidieron utilizar en esta operación el Estudio de Detalle "con el fin de eludir toda participación de terceros", al tratarse de un instrumento que "reduce el periodo de información pública" y "omite toda participación de la Administración Autonómica en la aprobación definitiva". Con ello, se modificaba no sólo la edificabilidad de los terrenos, sino también sus usos globales.

El proyecto de reparcelación aprobado por el alcalde dividió los terrenos en un total de 242 parcelas, de las cuales 32 eran de 200 metros cuadrados, "todo previo informe del arquitecto municipal, que también avaló el Estudio Detalle, que redactó la promotora".

Así las cosas, y de acuerdo a los cambios "ilícitamente introducidos" a través del Estudio de Detalle, el alcalde, en base al informe favorable del arquitecto municipal, aprobó el 24 de septiembre de 2005 conceder licencia a la promotora para la construcción de 96 viviendas, locales comerciales, aparcamientos y trasteros en una parcela de una manzana del sector SR-21 de las Normas Subsidiarias de Atarfe.

Ya el 9 de junio de 2006, el pleno del Ayuntamiento de Atarfe aprobó definitivamente el Estudio de Detalle, con el voto favorable del alcalde, sin que conste, señala el fiscal, "que los concejales que también votaron a favor conocieran los planes ilícitos de Sánchez y del arquitecto municipal".







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