Anulan el resultado de una oposición del Ayuntamiento por cambiar los criterios de corrección

El Juzgado ha condenado a que se evalúe de nuevo el tercer ejercicio de la prueba por un tribunal distinto, después de que se cambiaran los criterios de corrección aprobadas en las bases "sin informar"

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Fachada del Ayuntamiento de Granada
EP
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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 5 de Granada ha anulado el resultado de una oposición convocada por el Ayuntamiento de Granada para cubrir cuatro plazas de técnico superior que se declararon finalmente desiertas y le ha condenado a que se evalúe de nuevo el tercer ejercicio de la prueba por un tribunal distinto, después de que se cambiaran los criterios de corrección aprobadas en las bases "sin informar" a los aspirantes.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, parte de la demanda presentada por una de las opositoras contra la calificación que le otorgó el tribunal en el tercer ejercicio y contra el acuerdo por el que se declararon desiertas las cuatro plazas, después de que se suspendiera en la última prueba a todos los aspirantes.

La opositora superó los dos primeros ejercicios y fue suspendida en el tercero con 4,75 puntos en función de unos criterios de corrección contrarios a la base de la convocatoria y que se establecieron con posterioridad a la realización de la prueba.

Así, se estableció que cada uno de los dos supuestos prácticos de que constaba el ejercicio fuera valorado de 0 a 10, y que había que superar los dos, con una nota mínima de cinco puntos cada uno de ellos, para aprobar esta parte; mientras que las bases recogen que cada ejercicio (no cada supuesto práctico del ejercicio) se había de valorar de 0 a 10.

El desconocimiento de los aspirantes de este criterio de puntuación y valoración "causó indefensión al impedirles actuar en consecuencia administrando el tiempo y priorizando las cuestiones" de acuerdo a los nuevos criterios que se habían fijado, según se expone en la sentencia, fechada el 26 de junio.

"FALTA DE TRANSPARENCIA"

Junto a ello, el juez reprocha la "falta de transparencia y motivación", ya que no se informó debidamente a la opositora, al no haberle facilitado la nota otorgada por el Tribunal a cada uno de los dos ejercicios prácticos que realizó, a pesar de solicitarlo insistentemente.

Así, el juzgado anula la valoración de su tercer ejercicio de la oposición y condena al Ayuntamiento de Granada a que un nuevo tribunal lo valore de nuevo conforme a las bases de la convocatoria. Contra esta sentencia cabe recurso en el plazo de 15 días.

El letrado de la opositora, José Manuel Urquiza, ha señalado a Europa Press que, al margen de los fundamentos jurídicos de la sentencia, que "lógicamente" considera "acertados", es un "claro despropósito que todas las plazas convocadas fueran declaradas desiertas".

A su juicio, "una decisión tan grave y radical ha de estar muy meditada y muy justificada por un mínimo respeto al esfuerzo y sacrificio de los opositores y porque está en juego su futuro profesional y hasta vital" y cree que el Tribunal Calificador "ha actuado de forma arbitraria y poco sensible a sus derechos y legítimas expectativas".







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