Absuelven a cuatro acusados de abusar de una menor por el "nulo valor" de su testimonio

Los hechos, denunciados por la madre en octubre de 2010, se remontan a principios de diciembre de 2009, cuando, al parecer la joven se encontraba con una amiga y un grupo de otros cinco chicos en el entorno de la estación de autobuses de Granada cuando, en un momento dado, se trasladaron en coche hasta un descampado en Pulianas

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha absuelto a cuatro jóvenes de Alfacar que estaban acusados de abusar sexualmente de una menor, que entonces tenía 15 años, tras considerar el "nulo valor" del testimonio de la denunciante, con un relato de los hechos "excesivamente rectilíneo" y un "tono más bien cansino" y con multitud de "contradicciones e incoherencias".

El tribunal considera en su sentencia, a la que este jueves ha tenido acceso Europa Press, que durante el juicio, que se celebró a finales de octubre, no se realizó actividad probatoria de cargo "de la entidad suficiente" como para desvirtuar "fuera de toda duda razonable" la presunción constitucional de inocencia de los cuatro procesados, para los que la Fiscalía reclamaba siete años y medio de cárcel.

Los hechos, denunciados por la madre en octubre de 2010, se remontan a principios de diciembre de 2009, cuando, al parecer la joven se encontraba con una amiga y un grupo de otros cinco chicos en el entorno de la estación de autobuses de Granada cuando, en un momento dado, se trasladaron en coche hasta un descampado en Pulianas. Una vez allí, los jóvenes, según la denuncia, la obligaron a practicarle una felación, uno tras otro, pese a que ella mostró su negativa e intentó zafarse de ellos.

Sin embargo, los magistrados de la Sección Primera han considerado que aquellas relaciones no se produjeron "doblegando o contrariando por cualquier medio, modo, o forma" la libre voluntad de la joven.

De hecho, durante la primera sesión del juicio los cuatro acusados negaron que la forzaran e indicaron que fue ella quien propuso la relación sexual a través de una red social, y que quedaron con ese objetivo. Uno de ellos incluso atribuyó la denuncia al temor de la chica a contar la verdad a su familia, e indicó que, después de que se corriera el "rumor" de lo que hacía por el instituto, el hermano de la chica se lo contó a su madre, y ella hizo "lo más fácil", que era culparlos a ellos.

Según señalan ahora los magistrados en su resolución, llamó la atención el "modo de deponer excesivamente rectilíneo y el tono más bien cansino" de la joven siempre narrando los hechos incluidas las supuestas amenazas, "en tercera persona y sin concesión alguna a las típicas gesticulaciones a palabras más o menos literales que normalmente suelen acompañar espontáneamente el relato de un drama realmente sufrido".

"ENORME ANGUSTIA" POR EL RUMOR

Pero a los jueces les resultó incluso "más llamativo" que "los únicos momentos de incontinencia emocional" los tuviera, no al reproducir los actos esenciales o las escenas las previas o posteriores a los mismos, sino al verbalizar la "enorme angustia y preocupación" que sintió cuando en mayo de 2010 llegó a sus oídos el rumor que maliciosamente se hizo correr por el instituto de que ella había protagonizado voluntariamente "una orgía sexual de ese tipo" con los chicos, supuestamente grabada con un móvil.

A su vez le produjo una gran ansiedad por temor a que esas noticias llegaron a conocimiento de sus padres, tal y como efectivamente así ocurrió meses después, cuando su hermano menor se lo contó a su madre dando lugar a la denuncia origen de estos autos, presentada por su madre, a pesar de que la hija no quería hacerlo.

Todo esto ha hecho a la Sala "despertar serias sospechas" de que la versión incriminatoria mantenida por esta joven querellante "pudiera estar empañada de posibles móviles espurios", como serían tal vez cierto resentimiento hacia los que pudieron haber sido los divulgadores de ese rumor, y sobre todo su afán de tratar de salvar a toda costa su honor y reputación, especialmente de cara sus padres, de religión musulmana, y "por tanto de muy estrictos principios en materia sexual".

Por ello, y teniendo en cuenta además la lista "prácticamente interminable" de "contradicciones e incoherencias" en el relato de la joven, que tachan los jueces de "nulo valor", procede un "rotundo pronunciamiento absolutorio", en una sentencia contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.







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