Absueltos los dos acusados de falsificar la firma de una trabajadora para engañar a una juez

Los acusados se vieron vinculados a la causa en la que figuraba su empresa como demandada por parte de esta trabajadora

Juzgado-Audiencia-Provincial-TSJ-1-de-22-1
Imagen de la Audiencia Provincial | Foto: Archivo GD
E.P.
0

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha absuelto por falta de pruebas a dos personas para quienes la Fiscalía había solicitado prisión acusándolos de intentar engañar al Juzgado de lo Social número 5 de Granada con la falsificación de una firma, en un procedimiento contra la empresa para la que trabajaban iniciado por una empleada que no había rubricado el recibo de su finiquito.

En la vista oral, los ahora absueltos negaron cualquier acto falsario ante el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial que enjuició el pasado 19 de febrero los hechos, por los que la Fiscalía mantuvo su petición de nueve meses de cárcel para cada uno.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la sala considera probado que las firmas que figuran bajo el recibí de las últimas nóminas y el finiquito "no fueron estampadas" por la trabajadora, "desconociéndose la identidad de la persona o personas que las realizaron e ignorándose si quienes lo hicieron pudieron haber obrado con la aquiescencia de la propia".

No está "acreditado debidamente que los acusados tuvieran conocimiento de estos extremos ni que su intención fuese la de inducir" a la magistrada que presidía el tribunal del Juzgado de lo Social a "dictar una sentencia contraria a los intereses patrimoniales de la demandante".

La Audiencia Provincial indica también que "no puede llegarse a la conclusión fundada de que los acusados sean autores de las infracciones que les vienen siendo imputadas por parte de la Fiscalía y de la acusación" particular, que ha defendido los intereses de la empleada.

La sentencia, de fecha 26 de febrero, recuerda que la trabajadora declaró durante la vista que, "sin excepción de clase alguna, el pago de sus honorarios se efectuaba en efectivo y que ella, personalmente y nunca otra compañera, ponía su firma en los nóminas que le presentaban al efecto".

Señala además, conforme a lo que se expuso en la vista oral, que en la empresa o "era frecuente que unas trabajadoras, por comodidad y por la confianza entre ellas, firmaran por otras documentos de esta clase, o bien en los archivos quedó archivada esa nómina con la firma falsificada de la trabajadora por algún extraño motivo".

Pero carece de "explicación coherente" para el tribunal que se presentase ese documento "como prueba" en un proceso en el que, por otro lado, "no se reclamaba la cantidad consignada".

Los acusados, administradores y representantes legales de una mercantil, se vieron vinculados a la causa en la que figuraba su empresa como demandada por parte de esta trabajadora. Con el objetivo de que se desestimara la demanda de reclamación de cantidad que ésta había presentado, la Fiscalía mantuvo que procuraron "un engaño en el magistrado".

El Ministerio Público apuntó a que, en una vista celebrada el 26 de enero de 2016, aportaron nóminas correspondientes a los meses de mayo, julio y agosto de 2014 y el documento de saldo y finiquito tras imitar la firma de la empleada, "bien directamente o a través de otros".

El fiscal sostuvo que los acusados habían actuado así para obtener el beneficio patrimonial derivado de que se desestimara la demanda de la trabajadora y consideró que los hechos eran constitutivos de un supuesto delito de tentativa de estafa procesal, por lo que, además de los nueve meses de cárcel, pedía multa de 3.240 euros para ellos.

 







Se el primero en comentar

Deja un comentario